Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Cultura, Deportes y Juventud (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (02361/2025)
Bases específicas con convocatoria de subvenciones a municipios y entidades locales menores de la provincia para la realización del Programa de Teatro Profesional "D'rule: Artistas en el Territorio 2025"
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Área de Cultura, Deportes y Juventud
Anuncio 2361/2025
Anexo VIII. Ficha de evaluación del programa por parte del responsable del espacio escénico.
Anexo IX. Certificación del Secretario/Secretario-Interventor de la entidad, con el V.º B.º del Alcalde, en
la que se haga constar que se ha realizado la actividad, que se ha efectuado el pago efectivo de la
factura, la fecha en la que se realizó dicho pago y que no se dispone de ninguna otra subvención
destinada a dicha actividad que sumada a la de Diputación de Badajoz, exceda del importe total de la
misma.
Copia de la factura abonada al artista/grupo.
c.3.- La Intervención provincial, podrá realizar mediante técnicas de muestreo, el control financiero de las
subvenciones otorgadas, en los términos y condiciones a las que se refiere el Título III de la Ley de
Subvenciones, y del resultado del mismo podrá derivarse la apertura de expedientes de reintegro, en su caso.
d) Prórroga de la justificación.
Si por alguna circunstancia excepcional, no pudiera acreditarse a tiempo la justificación, el beneficiario deberá solicitar una
autorización de prórroga, en la que se motiven y acrediten las circunstancias ante el órgano concedente de la subvención. La
Diputación podrá conceder una ampliación del plazo de justificación que no excederá de la mitad del plazo para presentar la
justificación (15 días) si lo considera conveniente para el interés público y no se perjudican derechos de tercero, y siempre
que esta solicitud de prórroga se formule antes de las fechas indicadas para la finalización de la justificación. Su concesión
no implica en absoluto la ampliación del plazo de ejecución.
e) Requerimiento de justificación.
Transcurrido el plazo de justificación, sin haberse presentado la misma o habiéndose presentado sea susceptible de
subsanación, el órgano administrativo competente requerirá al beneficiario para que en el plazo improrrogable de 15 días
sea presentada la documentación preceptiva, advirtiéndole que, una vez transcurrido dicho plazo sin que se haya aportado
la documentación o practicado la referida subsanación, se le tendrá por denegada la subvención concedida.
Este trámite de subsanación de la justificación se efectuará presentando el anexo X a través del Registro electrónico ubicado
en la sede electrónica de la Diputación de Badajoz en la dirección https://sede.dip-badajoz.es.
El acceso deberá realizarse con certificado digital de representación de la entidad local. Los pasos a seguir para realizar el
acceso son:
1. Entrar en la dirección https://sede.dip-badajoz.es.
2. Acceder como entidad local.
3. En trámites por delegaciones seleccionar Cultura, Deportes y Juventud.
4. Seleccionar el trámite remisión de documentación para la subsanación de la justificación de subvención de
convocatorias de concurrencia.
5. Identificarse con el certificado digital de representación de la entidad local.
6. Cumplimentar los datos correspondientes a la entidad local y al representante.
7. Cumplimentar el formulario correspondiente a la solicitud de la convocatoria.
8. Adjuntar los anexos requeridos en la convocatoria.
9. Verificar los datos del interesado y representante, la solicitud correspondiente a la convocatoria y los
anexos adjuntados.
10. Firmar y finalizar.
13.- Indicadores de resultado y de actividad.
Se considerarán los siguientes indicadores de resultado y actividad que deberán incluirse en la tabla que se incorpora en el
correspondiente anexo VII de la convocatoria:
Localidades beneficiadas por el área de influencia del proyecto realizado.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Anexo VIII. Ficha de evaluación del programa por parte del responsable del espacio escénico.
Anexo IX. Certificación del Secretario/Secretario-Interventor de la entidad, con el V.º B.º del Alcalde, en
la que se haga constar que se ha realizado la actividad, que se ha efectuado el pago efectivo de la
factura, la fecha en la que se realizó dicho pago y que no se dispone de ninguna otra subvención
destinada a dicha actividad que sumada a la de Diputación de Badajoz, exceda del importe total de la
misma.
Copia de la factura abonada al artista/grupo.
c.3.- La Intervención provincial, podrá realizar mediante técnicas de muestreo, el control financiero de las
subvenciones otorgadas, en los términos y condiciones a las que se refiere el Título III de la Ley de
Subvenciones, y del resultado del mismo podrá derivarse la apertura de expedientes de reintegro, en su caso.
d) Prórroga de la justificación.
Si por alguna circunstancia excepcional, no pudiera acreditarse a tiempo la justificación, el beneficiario deberá solicitar una
autorización de prórroga, en la que se motiven y acrediten las circunstancias ante el órgano concedente de la subvención. La
Diputación podrá conceder una ampliación del plazo de justificación que no excederá de la mitad del plazo para presentar la
justificación (15 días) si lo considera conveniente para el interés público y no se perjudican derechos de tercero, y siempre
que esta solicitud de prórroga se formule antes de las fechas indicadas para la finalización de la justificación. Su concesión
no implica en absoluto la ampliación del plazo de ejecución.
e) Requerimiento de justificación.
Transcurrido el plazo de justificación, sin haberse presentado la misma o habiéndose presentado sea susceptible de
subsanación, el órgano administrativo competente requerirá al beneficiario para que en el plazo improrrogable de 15 días
sea presentada la documentación preceptiva, advirtiéndole que, una vez transcurrido dicho plazo sin que se haya aportado
la documentación o practicado la referida subsanación, se le tendrá por denegada la subvención concedida.
Este trámite de subsanación de la justificación se efectuará presentando el anexo X a través del Registro electrónico ubicado
en la sede electrónica de la Diputación de Badajoz en la dirección https://sede.dip-badajoz.es.
El acceso deberá realizarse con certificado digital de representación de la entidad local. Los pasos a seguir para realizar el
acceso son:
1. Entrar en la dirección https://sede.dip-badajoz.es.
2. Acceder como entidad local.
3. En trámites por delegaciones seleccionar Cultura, Deportes y Juventud.
4. Seleccionar el trámite remisión de documentación para la subsanación de la justificación de subvención de
convocatorias de concurrencia.
5. Identificarse con el certificado digital de representación de la entidad local.
6. Cumplimentar los datos correspondientes a la entidad local y al representante.
7. Cumplimentar el formulario correspondiente a la solicitud de la convocatoria.
8. Adjuntar los anexos requeridos en la convocatoria.
9. Verificar los datos del interesado y representante, la solicitud correspondiente a la convocatoria y los
anexos adjuntados.
10. Firmar y finalizar.
13.- Indicadores de resultado y de actividad.
Se considerarán los siguientes indicadores de resultado y actividad que deberán incluirse en la tabla que se incorpora en el
correspondiente anexo VII de la convocatoria:
Localidades beneficiadas por el área de influencia del proyecto realizado.
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