Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendralejo. Área de Igualdad (Badajoz). (02617/2025)
Bases y convocatoria para la cobertura en propiedad de una (1) plaza de Socorrista-Monitor de Natación, mediante el sistema de oposición libre
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Ayuntamiento de Almendralejo

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La fase de oposición consistirá en la superación sucesiva de las siguientes pruebas de carácter eliminatorio:
8.ª.1.- Primera prueba, tipo test: Se desarrollará por escrito y consistirá en contestar un test de cincuenta y
cinco preguntas con cuatro respuestas alternativas de las cuales solo una podrá ser la correcta. Las preguntas
versarán sobre el contenido del programa incluido en el anexo II de esta convocatoria.
El tiempo para su realización lo determinará el Tribunal con un máximo de noventa minutos.
8.ª.2.- Segunda pruebas, de capacidad físicas: Para apreciar la adecuada capacidad para las funciones a
realizar. Estas pruebas consistirán en la superación de cuatro ejercicios que se detallan en el anexo III de esta
convocatoria.
Para la realización de esta prueba el mismo día de su realización, los aspirantes deberán
entregar el certificado médico que deberá estar expedido, como máximo, dentro del mes
inmediatamente anterior a la fecha de realización de las pruebas. Sin la presentación de este
documento no podrá procederse a la realización de la prueba suponiendo la exclusión.
8.ª.3.- Tercera prueba, simulación docente. Dirigida al alumnado de natación o actividad física en el medio
acuático, a realizar por escrito y relacionada con las materias específicas contenidas en el anexo II de esta
convocatoria, iguales para todos los opositores, que planteará el Tribunal inmediatamente antes del
comienzo de la prueba, que serán concernientes a las funciones de Monitor de Natación.
El tiempo máximo de realización de esta prueba será de 60 minutos. Durante esta prueba, que
será pública para el resto de aspirantes, no se podrá utilizar ningún medio técnico ni audio
visual aportado por los aspirantes.
Esta prueba está dirigida a poner de manifiesto la aptitud docente y el desenvolvimiento ante
los alumnos y deberá estructurarse en los siguientes apartados: Adecuación de los objetivos y
contenidos, metodología y estrategias didácticas, recursos didácticos, desarrollo de la sesión,
interacción y gestión del grupo, seguridad, evaluación y seguimiento, y actitud y
profesionalidad.
8.ª.4.- Desarrollo de las pruebas: A partir de la primera prueba, el Tribunal de Selección indicará el día de
celebración de los sucesivos ejercicios.
Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad
jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el órgano de selección deberá difundir,
con anterioridad a la realización de la prueba, los criterios de corrección, valoración y
superación de la misma, que no estén expresamente establecidos en las bases de esta
convocatoria.
Igualmente, en las actas del órgano calificador deberá quedar constancia del desglose de las
puntuaciones otorgadas y el cálculo de las mismas. Así como las plantillas de soluciones
correctas utilizada por el Tribunal.
En la realización de los ejercicios escritos deberá garantizarse, siempre que sea posible, el
anonimato de los aspirantes.
La normativa aplicable a las pruebas de selección será la vigente en el momento de publicar, en
el BOP, la resolución en la que se determine la convocatoria de la fecha y hora para la
celebración de la primera prueba.

Novena.- Calificación de la fase de oposición.
9.ª.1.- Todas las pruebas serán obligatorias para la totalidad de aspirantes y tendrán carácter eliminatorio,
siendo necesario para realizar una prueba haber superado la anterior.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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