Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Badajoz. Área de Igualdad (Badajoz). (02606/2025)
Rectificación de las bases de convocatoria para cubrir cinco (5) plazas de Monitor/a Deportivo de la Fundación Municipal de Deportes, mediante sistema de oposición libre
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Ayuntamiento de Badajoz
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citado artículo. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la
credencial que acredite su homologación."
Donde dice:
"Base séptima.- Desarrollo de la convocatoria.
1. El sistema de selección será el de oposición libre, la cual constará de las siguientes fases, todas ellas
obligatorias y eliminatorias:
Primera fase: Se compondrá de los siguientes ejercicios, los cuales serán obligatorios y eliminatorios.
2. Segundo ejercicio:
Consistirá en desarrollar por escrito un supuesto teórico-práctico relacionado con el temario específico de
cada especialidad, recogido en el anexo I, en el tiempo máximo que el Tribunal estime oportuno, que no
podrá exceder de 90 minutos. El supuesto teórico-práctico a realizar será el mismo para todos/as los/as
aspirantes y se elegirá inmediatamente antes del comienzo del ejercicio, por sorteo, en presencia de las
personas aspirantes, de entre dos supuestos previamente elaborados por el Tribunal Calificador. Previamente
a la realización del mismo, el tribunal informará claramente de las puntuaciones que se otorgarán a las
distintas partes o preguntas que se puedan incorporar al supuesto.
El programa que ha de regir en estas pruebas es el que figura como anexo a esta convocatoria. En todo caso,
deberá exigirse por el Tribunal de Selección la normativa vigente el día de la finalización del plazo de
presentación de solicitudes de participación."
Debe decir:
"Base séptima.- Desarrollo de la convocatoria.
1. El sistema de selección será el de oposición libre, la cual constará de las siguientes fases, todas ellas
obligatorias y eliminatorias:
Primera fase: Se compondrá de los siguientes ejercicios, los cuales serán obligatorios y eliminatorios.
2. Segundo ejercicio:
Consistirá en realizar un supuesto teórico-práctico relacionado con el temario específico de cada especialidad,
recogido en el anexo I, en el tiempo máximo que el Tribunal estime oportuno, que no podrá exceder de 90
minutos. El supuesto teórico-práctico a realizar será el mismo para todos/as los/as aspirantes y se elegirá
inmediatamente antes del comienzo del ejercicio, por sorteo, en presencia de las personas aspirantes, de
entre dos supuestos previamente elaborados por el Tribunal Calificador. Previamente a la realización del
mismo, el tribunal informará claramente de las puntuaciones que se otorgarán a las distintas partes o
preguntas que se puedan incorporar al supuesto.
El programa que ha de regir en estas pruebas es el que figura como anexo a esta convocatoria. En todo caso,
deberá exigirse por el Tribunal de Selección la normativa vigente el día de la finalización del plazo de
presentación de solicitudes de participación."
Segundo.- Ordenar la publicación de la presente rectificación en los términos establecidos en las bases de
convocatoria.
Badajoz, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, P.D. decreto de 2 de febrero de 2024 (BOP de Badajoz de 08/02/2024), el
Teniente de Alcalde Cuarto, Eladio Buzo Corzo.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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citado artículo. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la
credencial que acredite su homologación."
Donde dice:
"Base séptima.- Desarrollo de la convocatoria.
1. El sistema de selección será el de oposición libre, la cual constará de las siguientes fases, todas ellas
obligatorias y eliminatorias:
Primera fase: Se compondrá de los siguientes ejercicios, los cuales serán obligatorios y eliminatorios.
2. Segundo ejercicio:
Consistirá en desarrollar por escrito un supuesto teórico-práctico relacionado con el temario específico de
cada especialidad, recogido en el anexo I, en el tiempo máximo que el Tribunal estime oportuno, que no
podrá exceder de 90 minutos. El supuesto teórico-práctico a realizar será el mismo para todos/as los/as
aspirantes y se elegirá inmediatamente antes del comienzo del ejercicio, por sorteo, en presencia de las
personas aspirantes, de entre dos supuestos previamente elaborados por el Tribunal Calificador. Previamente
a la realización del mismo, el tribunal informará claramente de las puntuaciones que se otorgarán a las
distintas partes o preguntas que se puedan incorporar al supuesto.
El programa que ha de regir en estas pruebas es el que figura como anexo a esta convocatoria. En todo caso,
deberá exigirse por el Tribunal de Selección la normativa vigente el día de la finalización del plazo de
presentación de solicitudes de participación."
Debe decir:
"Base séptima.- Desarrollo de la convocatoria.
1. El sistema de selección será el de oposición libre, la cual constará de las siguientes fases, todas ellas
obligatorias y eliminatorias:
Primera fase: Se compondrá de los siguientes ejercicios, los cuales serán obligatorios y eliminatorios.
2. Segundo ejercicio:
Consistirá en realizar un supuesto teórico-práctico relacionado con el temario específico de cada especialidad,
recogido en el anexo I, en el tiempo máximo que el Tribunal estime oportuno, que no podrá exceder de 90
minutos. El supuesto teórico-práctico a realizar será el mismo para todos/as los/as aspirantes y se elegirá
inmediatamente antes del comienzo del ejercicio, por sorteo, en presencia de las personas aspirantes, de
entre dos supuestos previamente elaborados por el Tribunal Calificador. Previamente a la realización del
mismo, el tribunal informará claramente de las puntuaciones que se otorgarán a las distintas partes o
preguntas que se puedan incorporar al supuesto.
El programa que ha de regir en estas pruebas es el que figura como anexo a esta convocatoria. En todo caso,
deberá exigirse por el Tribunal de Selección la normativa vigente el día de la finalización del plazo de
presentación de solicitudes de participación."
Segundo.- Ordenar la publicación de la presente rectificación en los términos establecidos en las bases de
convocatoria.
Badajoz, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, P.D. decreto de 2 de febrero de 2024 (BOP de Badajoz de 08/02/2024), el
Teniente de Alcalde Cuarto, Eladio Buzo Corzo.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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