Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Igualdad (Badajoz). (02603/2025)
Resolución de la convocatoria de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para la realización de proyectos, con perspectiva de género, dirigidos a promover la igualdad de género así como la lucha contra la violencia de género en el año 2025
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Área de Igualdad
Anuncio 2603/2025
ADMINISTRACIÓN LOCAL
DIPUTACIONES
Diputación de Badajoz
Área de Igualdad
Badajoz
Anuncio 2603/2025
Resolución de la convocatoria de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para la realización de proyectos, con
perspectiva de género, dirigidos a promover la igualdad de género así como la lucha contra la violencia de género en el
año 2025
En Badajoz, a fecha de la firma electrónica.
De conformidad con lo dispuesto en la base 8 de la convocatoria de subvenciones destinadas a entidades sin ánimo de lucro
para la realización de proyectos, con perspectiva de género, dirigidos a promover la igualdad de género así como la lucha
contra la violencia de género 2025 (bases publicadas en BOP número 2 de 3 de enero de 2025), conforme a la base 8.2 de la
misma, de acuerdo con el Informe de resultado de la evaluación efectuada, visto el informe de resultados de la Comisión de
Valoración de la convocatoria, así como la propuesta de resolución formulada por la Coordinadora del Área de Igualdad de
la Diputación de Badajoz.
Considerando las competencias que al efecto me confiere la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen
Local, y de conformidad con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento aprobado por
Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, la Ordenanza General de Subvenciones y Plan Estratégico de Subvenciones para 2025
de esta entidad, así como la convocatoria de referencia, se emite la presente.
RESOLUCIÓN
Primero: Que las siguientes asociaciones no subsanan en el plazo concedido para completar su solicitud, por lo que se
entiende que desisten de participar en la convocatoria de acuerdo con el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, según la base 4.ª de la convocatoria:
Número
Entidad
CIF
0001
Federación Extremeña de Asociaciones de Fibromialgia
G06632475
0035
Asociación Laneras
G10505030
0053
Asociación de Mujeres Progresistas Victoria
G06222020
Segundo: Que de las asociaciones que se indican a continuación quedan excluidas al no acreditarse que cumplen el
requisito de la base 3.ª letra E "que todas y cada una de las personas que ejecuten el proyecto posean una formación
mínima de 250 horas en igualdad y/o violencia de género, acreditadas documentalmente mediante certificado o título que
recoja el número de horas":
Número
Entidad
CIF
0007
Asociación Alma contra la Violencia de Género
G06670459
0026
Fundación ECCA Social
G72405277
0029
Asociación de Familias Numerosas del Guadiana
G06569941
Tercero: Que las siguientes asociaciones no superan el corte establecido en los criterios de adjudicación para entidad, de
acuerdo con la base 6 y base 7 "solo se subvencionarán aquellos proyectos que hayan obtenido, en cada uno de los
apartados siguientes, al menos la puntuación mínima que se detalla: Entidad: 20 puntos sobre un máximo de 40 puntos":
Número
Entidad
CIF
Puntuación
0003
Asociación Espíritu Olímpico
G06732705
15,50
0011
ADYPRES
G06540272
18,00
0021
Instituto de Trabajo Social y Servicios Sociales INTRESS
G08973224
15,00
0022
Asociación Extremeña de Enfermos de Huttington
G06407100
13,00
0040
Diversity Asociación para la Integración de Personas TEA, TDAH y TEL
G44961688
1,00
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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perspectiva de género, dirigidos a promover la igualdad de género así como la lucha contra la violencia de género en el
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En Badajoz, a fecha de la firma electrónica.
De conformidad con lo dispuesto en la base 8 de la convocatoria de subvenciones destinadas a entidades sin ánimo de lucro
para la realización de proyectos, con perspectiva de género, dirigidos a promover la igualdad de género así como la lucha
contra la violencia de género 2025 (bases publicadas en BOP número 2 de 3 de enero de 2025), conforme a la base 8.2 de la
misma, de acuerdo con el Informe de resultado de la evaluación efectuada, visto el informe de resultados de la Comisión de
Valoración de la convocatoria, así como la propuesta de resolución formulada por la Coordinadora del Área de Igualdad de
la Diputación de Badajoz.
Considerando las competencias que al efecto me confiere la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen
Local, y de conformidad con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento aprobado por
Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, la Ordenanza General de Subvenciones y Plan Estratégico de Subvenciones para 2025
de esta entidad, así como la convocatoria de referencia, se emite la presente.
RESOLUCIÓN
Primero: Que las siguientes asociaciones no subsanan en el plazo concedido para completar su solicitud, por lo que se
entiende que desisten de participar en la convocatoria de acuerdo con el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, según la base 4.ª de la convocatoria:
Número
Entidad
CIF
0001
Federación Extremeña de Asociaciones de Fibromialgia
G06632475
0035
Asociación Laneras
G10505030
0053
Asociación de Mujeres Progresistas Victoria
G06222020
Segundo: Que de las asociaciones que se indican a continuación quedan excluidas al no acreditarse que cumplen el
requisito de la base 3.ª letra E "que todas y cada una de las personas que ejecuten el proyecto posean una formación
mínima de 250 horas en igualdad y/o violencia de género, acreditadas documentalmente mediante certificado o título que
recoja el número de horas":
Número
Entidad
CIF
0007
Asociación Alma contra la Violencia de Género
G06670459
0026
Fundación ECCA Social
G72405277
0029
Asociación de Familias Numerosas del Guadiana
G06569941
Tercero: Que las siguientes asociaciones no superan el corte establecido en los criterios de adjudicación para entidad, de
acuerdo con la base 6 y base 7 "solo se subvencionarán aquellos proyectos que hayan obtenido, en cada uno de los
apartados siguientes, al menos la puntuación mínima que se detalla: Entidad: 20 puntos sobre un máximo de 40 puntos":
Número
Entidad
CIF
Puntuación
0003
Asociación Espíritu Olímpico
G06732705
15,50
0011
ADYPRES
G06540272
18,00
0021
Instituto de Trabajo Social y Servicios Sociales INTRESS
G08973224
15,00
0022
Asociación Extremeña de Enfermos de Huttington
G06407100
13,00
0040
Diversity Asociación para la Integración de Personas TEA, TDAH y TEL
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