Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Malcocinado. (02695/2025)
Aprobación definitiva de modificación presupuestaria consistente en suplemento de crédito financiado con remanente de tesorería
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Ayuntamiento de Malcocinado

Anuncio 2695/2025

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Malcocinado
Malcocinado (Badajoz)
Anuncio 2695/2025
Aprobación definitiva de modificación presupuestaria consistente en suplemento de crédito financiado con remanente
de tesorería

APROBACIÓN DEFINITIVA
El Pleno de esta entidad, en sesión extraordinaria celebrada el día 26 de mayo de 2025, acordó la aprobación inicial del
expediente de crédito extraordinario financiado con cargo al remanente líquido de tesorería por cuantía de 7.500,00 €, que
se publicó mediante anuncio en el BOP número 102 de 30 de mayo de 2025, al no haberse presentado alegaciones, se
publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Texto Refundido
de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
ESTADO DE GASTOS

Pro.

Eco.

Descripción

Créditos extraordinario

922

46300

A mancomunidades

7.500,00 €

Esta modificación se financia con cargo al remanente líquido de tesorería, en los siguientes términos:
ESTADO DE INGRESOS

Aplicación
87000

Descripción
Remanente de tesorería para gastos
generales

Importe

Utilizado para crédito extraordinario

Total

17.340,15 €

7.500,00 €

9.840,15 €

Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo,
ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura con sede en Cáceres, en el
plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171. 3 Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá
por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
En Malcocinado, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Juan Antonio Ruiz Vizuete.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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