Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Mengabril. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (02717/2025)
Bases para la provisión interina del puesto de Secretaría-Intervención de la agrupación para el sostenimiento en común del puesto de Secretaría-Intervención Mengabril-Cristina
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Ayuntamiento de Mengabril
Anuncio 2717/2025
a) Copia del DNI.
b) Copia de la titulación exigida.
c) Copia de la documentación acreditativa de los méritos alegados por los aspirantes.
4.3. Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, se procederá a la aprobación de la lista provisional
de admitidos y excluidos, que se someterá a información pública, junto con la composición del Tribunal de
Selección, mediante la publicación del correspondiente anuncio en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y
en la sede electrónica, otorgándose un plazo para reclamaciones de cinco días hábiles.
4.4. Una vez transcurrido el plazo de reclamaciones, se procederá a la aprobación definitiva de la lista de
aspirantes y del Tribunal de Selección, que se publicará asimismo en el tablón de anuncios y en la sede
electrónica, con indicación del lugar y hora de celebración de las pruebas, debiendo transcurrir al menos
cuarenta y ocho horas entre dicha publicación y la celebración de las mismas.
5. Procedimiento selectivo.
El procedimiento de selección de los aspirantes, concurso-oposición, constará de las siguientes fases.
5.1. Fase de oposición.
5.1.1. Consistirá en la celebración de una prueba práctica, que versará sobre el temario que figura en el anexo
I de la presente convocatoria, por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso libre a la subescala de
Secretaría-Intervención de la escala de funcionarios de administración local con habilitación de carácter
nacional.
5.1.2. El ejercicio es obligatorio y eliminatorio, resultando eliminados los/as aspirantes que no alcancen en el
ejercicio la puntuación mínima que se establece en el apartado
5.1.3. En las pruebas deberá garantizarse, siempre que sea posible, el anonimato de los aspirantes.
Los/as aspirantes serán convocados para la realización de la prueba selectiva en llamamiento único. Perderán
el derecho a participar en el proceso selectivo a los aspirantes que no comparezcan en los ejercicios el día y
hora señalados, salvo en los casos de fuerza mayor, libremente valorados por el órgano de selección,
justificados documentalmente dentro del plazo de las veinticuatro horas siguientes.
Si se admite la causa de justificación, el/la aspirante será nuevamente convocado en llamamiento único para
la realización de la prueba selectiva para la fecha que determine el órgano de selección.
5.1.4. Consistirá en la resolución por escrito durante el tiempo que el Tribunal señale de uno o más supuestos
prácticos, que será propuesto por el Tribunal en el momento previo a la celebración del examen, relacionados
con las materias objeto del puesto de trabajo y conforme al temario completo que figura en las presentes
bases.
Se pueden utilizar los textos legales que el aspirante considere necesario a excepción de aquellos que estén
comentados o contengan formularios.
En la calificación de este ejercicio el Tribunal valorará la capacidad y formación general, la claridad de ideas, la
precisión y rigor en la exposición y la calidad de la expresión escrita y será calificado por el Tribunal de 0 a 10
puntos, quedando eliminados aquellos aspirantes que no hayan obtenido una puntuación mínima de 5
puntos.
5.1.5. El orden de calificación definitiva de la fase de oposición estará determinado por la puntuación de los/as
aspirantes en la prueba práctica
5.2 Fase de concurso.
5.2.1. La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio. El Tribunal valorará los méritos de los/as
aspirantes que hayan superado la fase oposición, dando publicidad del resultado en el tablón de anuncios de
la corporación y/o lugar de celebración del ejercicio.
La fecha de referencia para la valoración de los méritos será el de finalización del plazo de presentación de
instancias.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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a) Copia del DNI.
b) Copia de la titulación exigida.
c) Copia de la documentación acreditativa de los méritos alegados por los aspirantes.
4.3. Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, se procederá a la aprobación de la lista provisional
de admitidos y excluidos, que se someterá a información pública, junto con la composición del Tribunal de
Selección, mediante la publicación del correspondiente anuncio en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y
en la sede electrónica, otorgándose un plazo para reclamaciones de cinco días hábiles.
4.4. Una vez transcurrido el plazo de reclamaciones, se procederá a la aprobación definitiva de la lista de
aspirantes y del Tribunal de Selección, que se publicará asimismo en el tablón de anuncios y en la sede
electrónica, con indicación del lugar y hora de celebración de las pruebas, debiendo transcurrir al menos
cuarenta y ocho horas entre dicha publicación y la celebración de las mismas.
5. Procedimiento selectivo.
El procedimiento de selección de los aspirantes, concurso-oposición, constará de las siguientes fases.
5.1. Fase de oposición.
5.1.1. Consistirá en la celebración de una prueba práctica, que versará sobre el temario que figura en el anexo
I de la presente convocatoria, por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso libre a la subescala de
Secretaría-Intervención de la escala de funcionarios de administración local con habilitación de carácter
nacional.
5.1.2. El ejercicio es obligatorio y eliminatorio, resultando eliminados los/as aspirantes que no alcancen en el
ejercicio la puntuación mínima que se establece en el apartado
5.1.3. En las pruebas deberá garantizarse, siempre que sea posible, el anonimato de los aspirantes.
Los/as aspirantes serán convocados para la realización de la prueba selectiva en llamamiento único. Perderán
el derecho a participar en el proceso selectivo a los aspirantes que no comparezcan en los ejercicios el día y
hora señalados, salvo en los casos de fuerza mayor, libremente valorados por el órgano de selección,
justificados documentalmente dentro del plazo de las veinticuatro horas siguientes.
Si se admite la causa de justificación, el/la aspirante será nuevamente convocado en llamamiento único para
la realización de la prueba selectiva para la fecha que determine el órgano de selección.
5.1.4. Consistirá en la resolución por escrito durante el tiempo que el Tribunal señale de uno o más supuestos
prácticos, que será propuesto por el Tribunal en el momento previo a la celebración del examen, relacionados
con las materias objeto del puesto de trabajo y conforme al temario completo que figura en las presentes
bases.
Se pueden utilizar los textos legales que el aspirante considere necesario a excepción de aquellos que estén
comentados o contengan formularios.
En la calificación de este ejercicio el Tribunal valorará la capacidad y formación general, la claridad de ideas, la
precisión y rigor en la exposición y la calidad de la expresión escrita y será calificado por el Tribunal de 0 a 10
puntos, quedando eliminados aquellos aspirantes que no hayan obtenido una puntuación mínima de 5
puntos.
5.1.5. El orden de calificación definitiva de la fase de oposición estará determinado por la puntuación de los/as
aspirantes en la prueba práctica
5.2 Fase de concurso.
5.2.1. La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio. El Tribunal valorará los méritos de los/as
aspirantes que hayan superado la fase oposición, dando publicidad del resultado en el tablón de anuncios de
la corporación y/o lugar de celebración del ejercicio.
La fecha de referencia para la valoración de los méritos será el de finalización del plazo de presentación de
instancias.
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