Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo (Badajoz). (02738/2025)
Resolución de concesión de subvenciones para la reactivación de la economía local 2025
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo
CIF
Anuncio 2738/2025
Entidad local menor
Proyecto
Importe
P5617401D Torviscal (El)
Plan local de dinamización comercial IV El Torviscal
3.416,74 €
P0618200J
Entrerríos
Entrerri-on V
2.859,60 €
P0600030A
Gargáligas
Impulsa la economía local gargaligueña. 2.ª edición
3.432,66 €
P5607201J
Guadajira
Guadajira activa
2.795,92 €
P5619501I
Hernán Cortés
"Activa tu pueblo III" Plan de promoción del comercio
local de Hernán Cortés
3.512,25 €
P0618100B
Guadalperales (Los)
Reac. ec. local 2025 "Es tiempo de soñar en Los
Guadalperales"
3.146,13 €
P0618700I
Palazuelo
Mi pueblo, mi tienda
3.002,86 €
P0619000C
Puebla de Alcollarín
ODS en acción: Reactivación de la economía local a
través de la innovación digital y la IA
3.368,99 €
P5617301F
Ruecas
Empresas de vida local. Actuaciones municipales
dirigidas a reactivar la economía local
3.050,62 €
P0619200I
Torrefresneda
Consume en tu localidad - Matanza didáctica
3.018,78 €
P5619601G Valdehornillos
"Economía local en marcha" Plan local de
dinamización IV de Valdehornillos
3.273,48 €
P5619701E
Reactiva Vivares 2025
3.209,80 €
Vivares
Total
41.552,33 €
Tercero.- La dotación de la convocatoria de 500.000,00 € (quinientos mil euros), establecía una distribución de
créditos con carácter estimativo, consignados en las siguientes aplicaciones presupuestarias y con la siguiente
distribución:
20 4300 46203/1600: 450.000,00 euros.
20 4300 46800/1600: 50.000,00 euros.
Dado que el importe necesario para atender las solicitudes de las entidades menores es inferior al
presupuesto previsto para ellas, utilizando así su disponible, realizadas las modificaciones correspondientes
en el expediente de gasto conforme a lo previsto en el artículo 58.4 del Reglamento de la Ley de
Subvenciones, atendiendo al resultado del estudio de las solicitudes, las cantidades a subvencionar
propuestas ascienden a un total de 499.834,11 euros, distribuidas en dos aplicaciones presupuestarias:
20 4300 46203/1600: 458.281,79 euros.
20 4300 46800/1600: 41.552,32 euros.
Cuarto.- Ordenar la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia.
Quinto.- Comunicar la resolución dictada al Pleno de la Corporación en la próxima sesión ordinaria que se
celebre, de conformidad en lo establecido en el artículo 62 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre,
por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las
Administraciones Locales, a efectos de conocimiento.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de
reposición ante la Ilma. Sra. Presidenta en funciones de la Diputación de Badajoz, dentro del plazo de un mes contado a
partir del día siguiente al de la publicación de la misma en el Boletín Oficial de la Provincia, o directamente, recurso
contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo que territorialmente corresponda de los de la
provincia de Badajoz dentro del plazo de dos meses, contados desde la fecha anteriormente indicada, todo ello de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local,
artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, y los artículos 8, 25 y 46 de
la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, y sin perjuicio de que pueda
interponerse cualquier otro recurso que se estime procedente.
Badajoz, a fecha de la firma digital.- La Diputada del Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo. PD Decreto de
07/06/2025, (BOP 09/06/2025), Ana Belén Valls Muñoz.
Por el Secretario General de la Institución, se toma razón para su transcripción al libro electrónico de resoluciones, a los
solos efectos de garantizar la integridad, autenticidad, calidad, confidencialidad, protección y conservación de los ficheros
electrónicos correspondientes, conforme a lo dispuesto en el artículo 3.2,e) del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por
el que se regula el Régimen Jurídico de los Funcionarios de Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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CIF
Anuncio 2738/2025
Entidad local menor
Proyecto
Importe
P5617401D Torviscal (El)
Plan local de dinamización comercial IV El Torviscal
3.416,74 €
P0618200J
Entrerríos
Entrerri-on V
2.859,60 €
P0600030A
Gargáligas
Impulsa la economía local gargaligueña. 2.ª edición
3.432,66 €
P5607201J
Guadajira
Guadajira activa
2.795,92 €
P5619501I
Hernán Cortés
"Activa tu pueblo III" Plan de promoción del comercio
local de Hernán Cortés
3.512,25 €
P0618100B
Guadalperales (Los)
Reac. ec. local 2025 "Es tiempo de soñar en Los
Guadalperales"
3.146,13 €
P0618700I
Palazuelo
Mi pueblo, mi tienda
3.002,86 €
P0619000C
Puebla de Alcollarín
ODS en acción: Reactivación de la economía local a
través de la innovación digital y la IA
3.368,99 €
P5617301F
Ruecas
Empresas de vida local. Actuaciones municipales
dirigidas a reactivar la economía local
3.050,62 €
P0619200I
Torrefresneda
Consume en tu localidad - Matanza didáctica
3.018,78 €
P5619601G Valdehornillos
"Economía local en marcha" Plan local de
dinamización IV de Valdehornillos
3.273,48 €
P5619701E
Reactiva Vivares 2025
3.209,80 €
Vivares
Total
41.552,33 €
Tercero.- La dotación de la convocatoria de 500.000,00 € (quinientos mil euros), establecía una distribución de
créditos con carácter estimativo, consignados en las siguientes aplicaciones presupuestarias y con la siguiente
distribución:
20 4300 46203/1600: 450.000,00 euros.
20 4300 46800/1600: 50.000,00 euros.
Dado que el importe necesario para atender las solicitudes de las entidades menores es inferior al
presupuesto previsto para ellas, utilizando así su disponible, realizadas las modificaciones correspondientes
en el expediente de gasto conforme a lo previsto en el artículo 58.4 del Reglamento de la Ley de
Subvenciones, atendiendo al resultado del estudio de las solicitudes, las cantidades a subvencionar
propuestas ascienden a un total de 499.834,11 euros, distribuidas en dos aplicaciones presupuestarias:
20 4300 46203/1600: 458.281,79 euros.
20 4300 46800/1600: 41.552,32 euros.
Cuarto.- Ordenar la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia.
Quinto.- Comunicar la resolución dictada al Pleno de la Corporación en la próxima sesión ordinaria que se
celebre, de conformidad en lo establecido en el artículo 62 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre,
por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las
Administraciones Locales, a efectos de conocimiento.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de
reposición ante la Ilma. Sra. Presidenta en funciones de la Diputación de Badajoz, dentro del plazo de un mes contado a
partir del día siguiente al de la publicación de la misma en el Boletín Oficial de la Provincia, o directamente, recurso
contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo que territorialmente corresponda de los de la
provincia de Badajoz dentro del plazo de dos meses, contados desde la fecha anteriormente indicada, todo ello de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local,
artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, y los artículos 8, 25 y 46 de
la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, y sin perjuicio de que pueda
interponerse cualquier otro recurso que se estime procedente.
Badajoz, a fecha de la firma digital.- La Diputada del Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo. PD Decreto de
07/06/2025, (BOP 09/06/2025), Ana Belén Valls Muñoz.
Por el Secretario General de la Institución, se toma razón para su transcripción al libro electrónico de resoluciones, a los
solos efectos de garantizar la integridad, autenticidad, calidad, confidencialidad, protección y conservación de los ficheros
electrónicos correspondientes, conforme a lo dispuesto en el artículo 3.2,e) del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por
el que se regula el Régimen Jurídico de los Funcionarios de Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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