Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Coronada. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (02768/2025)
Modificación de la plantilla de personal para el ejercicio 2025
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de La Coronada
Anuncio 2768/2025
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de La Coronada
La Coronada (Badajoz)
Anuncio 2768/2025
Modificación de la plantilla de personal para el ejercicio 2025
MODIFICACIÓN DE LA PLANTILLA DE PERSONAL PARA 2025
El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 27 de junio de 2025 y por mayoría absoluta, ha
adoptado el siguiente
ACUERDO
Primero.- Aprobar inicialmente la modificación de la plantilla de personal municipal que tiene por objeto crear
la siguiente plaza de personal eventual a jornada completa:
Denominación:
Coordinadora Cultural
N.º de plazas:
1
Segundo.- Someter el presente acuerdo a información pública por plazo de quince días mediante anuncio en
el Boletín Oficial de la Provincia, durante ese plazo los interesados podrán examinar el expediente y presentar
las reclamaciones que estimen pertinentes. Transcurrido dicho plazo, si no se han presentado alegaciones, se
entenderá elevado a definitivo este acuerdo de aprobación inicial, de conformidad con el artículo 169.1 del
Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales.
Tercero.- Remitir una copia de la misma a la Administración del Estado y al órgano competente de la
Comunidad Autónoma en el plazo de treinta días.
De conformidad con lo establecido en el artículo 127 del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de
Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por medio del presente anuncio, se procede
a la publicación íntegra de la mencionada modificación.
Contra el acuerdo plenario, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer alternativamente recurso
de reposición potestativo ante el Pleno del Ayuntamiento, en el plazo de un mes, de conformidad con los artículos 123 y 124
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso
contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de conformidad con el artículo 46 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Según el artículo 123.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contenciosoadministrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.
Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer el interesado cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a
su derecho.
En La Coronada, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Cristian Maldonado Muñoz.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 2 de 3
Anuncio 2768/2025
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de La Coronada
La Coronada (Badajoz)
Anuncio 2768/2025
Modificación de la plantilla de personal para el ejercicio 2025
MODIFICACIÓN DE LA PLANTILLA DE PERSONAL PARA 2025
El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 27 de junio de 2025 y por mayoría absoluta, ha
adoptado el siguiente
ACUERDO
Primero.- Aprobar inicialmente la modificación de la plantilla de personal municipal que tiene por objeto crear
la siguiente plaza de personal eventual a jornada completa:
Denominación:
Coordinadora Cultural
N.º de plazas:
1
Segundo.- Someter el presente acuerdo a información pública por plazo de quince días mediante anuncio en
el Boletín Oficial de la Provincia, durante ese plazo los interesados podrán examinar el expediente y presentar
las reclamaciones que estimen pertinentes. Transcurrido dicho plazo, si no se han presentado alegaciones, se
entenderá elevado a definitivo este acuerdo de aprobación inicial, de conformidad con el artículo 169.1 del
Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales.
Tercero.- Remitir una copia de la misma a la Administración del Estado y al órgano competente de la
Comunidad Autónoma en el plazo de treinta días.
De conformidad con lo establecido en el artículo 127 del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de
Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por medio del presente anuncio, se procede
a la publicación íntegra de la mencionada modificación.
Contra el acuerdo plenario, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer alternativamente recurso
de reposición potestativo ante el Pleno del Ayuntamiento, en el plazo de un mes, de conformidad con los artículos 123 y 124
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso
contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de conformidad con el artículo 46 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Según el artículo 123.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contenciosoadministrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.
Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer el interesado cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a
su derecho.
En La Coronada, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Cristian Maldonado Muñoz.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 2 de 3