Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio (Badajoz). (02755/2025)
Resolución de concesión de subvenciones para redacción de proyectos de obras, memorias valoradas y estudios técnicos obligatorios para la ejecución de infraestructuras municipales 2025, para impulsar el reto demográfico y los ODS de la Agenda 2030
20 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Área de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio
Anuncio 2755/2025
importes concedidos, se publique en el Boletín Oficial de la Provincia de acuerdo a lo establecido en el art. 45
de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Base de
Datos Nacional de Subvenciones, además de publicarse en la web de la Diputación de Badajoz conforme a lo
estipulado en el artículo 8.1.c) de la Ley 19/2013 de 9 de diciembre de Transparencia, Acceso a la Información
Pública y Buen Gobierno.
Lo que le notifico para su conocimiento y efectos oportunos, indicándole que contra la presente resolución, que pone fin a la
vía administrativa, podrá interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el órgano que lo dictó, el DiputadoDelegado del Área de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio de esta Diputación (resolución del Presidente
de 3 de octubre de 2024) dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la
notificación de la misma o, directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Contencioso-Administrativo
competente (en Badajoz o Mérida según corresponda), en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la
notificación, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las
Bases de Régimen Local, artículo 115 apartado c) del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el
Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y artículos 123 y 124 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en los artículos 8.1,
14, 25.1 y 46.1 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Si se optara por
interponer el recurso potestativo de reposición no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea
resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer
cualquier otro recurso que se estime pertinente.
En Badajoz, a fecha de la firma digital.- El Diputado Delegado del Área de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del
Territorio, Abel González Ramiro (decreto 07/06/25, BOP 09/06/25).
Por el Secretario General, Enrique Pedrero Balas, se toma razón para su transcripción al Libro Electrónico de Resoluciones, y
a los solos efectos de garantizar la integridad, autenticidad, calidad, confidencialidad, protección y conservación de los
ficheros electrónicos correspondientes, conforme a lo dispuesto en el artículo 3.2, e) del Real Decreto 128/2018, de 16 de
marzo, por el que se regula el Régimen Jurídico de los Funcionarios de Administración Local con Habilitación de Carácter
Nacional.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 19 de 20
Anuncio 2755/2025
importes concedidos, se publique en el Boletín Oficial de la Provincia de acuerdo a lo establecido en el art. 45
de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Base de
Datos Nacional de Subvenciones, además de publicarse en la web de la Diputación de Badajoz conforme a lo
estipulado en el artículo 8.1.c) de la Ley 19/2013 de 9 de diciembre de Transparencia, Acceso a la Información
Pública y Buen Gobierno.
Lo que le notifico para su conocimiento y efectos oportunos, indicándole que contra la presente resolución, que pone fin a la
vía administrativa, podrá interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el órgano que lo dictó, el DiputadoDelegado del Área de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio de esta Diputación (resolución del Presidente
de 3 de octubre de 2024) dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la
notificación de la misma o, directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Contencioso-Administrativo
competente (en Badajoz o Mérida según corresponda), en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la
notificación, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las
Bases de Régimen Local, artículo 115 apartado c) del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el
Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y artículos 123 y 124 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en los artículos 8.1,
14, 25.1 y 46.1 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Si se optara por
interponer el recurso potestativo de reposición no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea
resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer
cualquier otro recurso que se estime pertinente.
En Badajoz, a fecha de la firma digital.- El Diputado Delegado del Área de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del
Territorio, Abel González Ramiro (decreto 07/06/25, BOP 09/06/25).
Por el Secretario General, Enrique Pedrero Balas, se toma razón para su transcripción al Libro Electrónico de Resoluciones, y
a los solos efectos de garantizar la integridad, autenticidad, calidad, confidencialidad, protección y conservación de los
ficheros electrónicos correspondientes, conforme a lo dispuesto en el artículo 3.2, e) del Real Decreto 128/2018, de 16 de
marzo, por el que se regula el Régimen Jurídico de los Funcionarios de Administración Local con Habilitación de Carácter
Nacional.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 19 de 20