Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valencia de las Torres. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (02796/2025)
Aprobación inicial del expediente de modificación presupuestaria mediante suplementos de créditos y créditos extraordinarios
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Ayuntamiento de Valencia de las Torres

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
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Ayuntamiento de Valencia de las Torres
Valencia de las Torres (Badajoz)
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Aprobación inicial del expediente de modificación presupuestaria mediante suplementos de créditos y créditos
extraordinarios

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada en fecha de 26 de junio de 2025, acordó aprobar inicialmente y,
con carácter definitivo si durante el trámite de información pública no se formulan reclamaciones, el expediente de
modificación del presupuesto mediante suplementos de créditos y créditos extraordinarios, por importe de 56.000,00 €,
financiado con el remanente líquido de tesorería.
Lo que se somete a información pública, a los efectos y en cumplimiento de lo que prevé el artículo 177, en relación con el
169, del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales -TRLRHL-, y artículo 38, en relación con el 20, del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se
desarrolla el capítulo primero del título sexto de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, a fin de que, en el término de
quince días contados a partir del día siguiente al de la inserción de este edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, los
interesados a que se refiere el artículo 170.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el
Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLRHL) puedan examinar el expediente de referencia, que
se encuentra de manifiesto en las dependencias de la secretaría general y en la intervención municipal, y presentar, en su
caso, las reclamaciones que consideren oportunas ante el pleno de la corporación, por alguno de los motivos que se
expresan en el artículo 170.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido
de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLRHL).
En el caso de que no se formulen reclamaciones durante el período de exposición pública, el referido acuerdo plenario se
considerará definitivo de conformidad con lo que dispone el artículo 169.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLRHL-.
En Valencia de las Torres, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Pedro Escuder Haba.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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