Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valdelacalzada. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (02785/2025)
Aprobación inicial de la modificación de la Ordenanza reguladora de la tasa por tramitación de comunicaciones previas urbanísticas
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Ayuntamiento de Valdelacalzada
Anuncio 2785/2025
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Valdelacalzada
Valdelacalzada (Badajoz)
Anuncio 2785/2025
Aprobación inicial de la modificación de la Ordenanza reguladora de la tasa por tramitación de comunicaciones previas
urbanísticas
Por acuerdo del Pleno de este Ayuntamiento, de fecha 24 de junio de 2025, se ha aprobado, inicialmente, la modificación de
la Ordenanza fiscal municipal reguladora de la tasa por la realización de actividades administrativas de verificación y control
de actuaciones urbanísticas sujetas al régimen de comunicación previa.
En cumplimiento de lo establecido en los artículos 49 y 70 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, y 15 y
17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales, se hace público dicho acuerdo, a fin de que las personas interesadas puedan examinar el expediente, en
la Intervención de este Ayuntamiento, y presentar, en su caso, sugerencias o reclamaciones al texto de la citada Ordenanza,
durante el plazo de treinta días, a contar desde el siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la
Provincia de Badajoz.
Se hace constar, que en aplicación de la legislación citada, en caso de que durante, el periodo de exposición pública no se
presentasen sugerencias o reclamaciones, el acuerdo adoptado, inicialmente, se elevará, de forma automática, a definitivo.
En Valdelacalzada, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Francisco Javier Hormigo Oliva.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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urbanísticas
Por acuerdo del Pleno de este Ayuntamiento, de fecha 24 de junio de 2025, se ha aprobado, inicialmente, la modificación de
la Ordenanza fiscal municipal reguladora de la tasa por la realización de actividades administrativas de verificación y control
de actuaciones urbanísticas sujetas al régimen de comunicación previa.
En cumplimiento de lo establecido en los artículos 49 y 70 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, y 15 y
17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales, se hace público dicho acuerdo, a fin de que las personas interesadas puedan examinar el expediente, en
la Intervención de este Ayuntamiento, y presentar, en su caso, sugerencias o reclamaciones al texto de la citada Ordenanza,
durante el plazo de treinta días, a contar desde el siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la
Provincia de Badajoz.
Se hace constar, que en aplicación de la legislación citada, en caso de que durante, el periodo de exposición pública no se
presentasen sugerencias o reclamaciones, el acuerdo adoptado, inicialmente, se elevará, de forma automática, a definitivo.
En Valdelacalzada, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Francisco Javier Hormigo Oliva.
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