Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Quintana de la Serena. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (02777/2025)
Aprobación inicial de la Ordenanza fiscal reguladora del precio público por asistencia a campamento de verano
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Quintana de la Serena
Anuncio 2777/2025
convocarse la inscripción de matrículas.
2. El impago del precio público regulado en la presente ordenanza, será motivo de exclusión automática de los servicios
prestados.
3. Únicamente accederán al campamento los que acrediten el pago y la inscripción al mismo.
Artículo 8.º.- El número de plazas y el periodo de los campamentos de verano se determinarán anualmente en la
convocatoria de los mismos, y se realizarán preferentemente durante los meses de julio y agosto. Para la inscripción a los
mismos deberá presentarse junto con la solicitud la siguiente documentación:
- Fotocopia del DNI del progenitor.
Artículo 9.º.- Las vacantes que se produzcan durante los campamentos se cubrirán con la lista de espera por riguroso orden
de presentación de solicitudes.
Artículo 10.º.- El Ayuntamiento de Quintana de la Serena se reserva el derecho de poder cancelar la prestación del servicio
de campamento de verano si no existe un número mínimo de participantes para cada quincena, que vendrá determinado
en las bases de la convocatoria. Igualmente podrá suspenderse la celebración de los mismos si las condiciones
meteorológicas fueran adversas.
Artículo 11.º.- Obligación de pago.
La obligación de pagar el precio público nace desde que se produzca la inscripción del menor para la prestación del servicio
especificado, considerándose que en ese momento se produce la aceptación de las condiciones de prestación del servicio y
el compromiso de asistencia.
La inasistencia total o parcial a las actividades no será causa de devolución de las cantidades pagadas.»
Contra el presente acuerdo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, con sede en Cáceres, en el plazo de dos meses contados a
partir del día siguiente de la publicación de este anuncio.
Quintana de la Serena, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Raimundo Dávila Fortuna.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 3 de 4
Anuncio 2777/2025
convocarse la inscripción de matrículas.
2. El impago del precio público regulado en la presente ordenanza, será motivo de exclusión automática de los servicios
prestados.
3. Únicamente accederán al campamento los que acrediten el pago y la inscripción al mismo.
Artículo 8.º.- El número de plazas y el periodo de los campamentos de verano se determinarán anualmente en la
convocatoria de los mismos, y se realizarán preferentemente durante los meses de julio y agosto. Para la inscripción a los
mismos deberá presentarse junto con la solicitud la siguiente documentación:
- Fotocopia del DNI del progenitor.
Artículo 9.º.- Las vacantes que se produzcan durante los campamentos se cubrirán con la lista de espera por riguroso orden
de presentación de solicitudes.
Artículo 10.º.- El Ayuntamiento de Quintana de la Serena se reserva el derecho de poder cancelar la prestación del servicio
de campamento de verano si no existe un número mínimo de participantes para cada quincena, que vendrá determinado
en las bases de la convocatoria. Igualmente podrá suspenderse la celebración de los mismos si las condiciones
meteorológicas fueran adversas.
Artículo 11.º.- Obligación de pago.
La obligación de pagar el precio público nace desde que se produzca la inscripción del menor para la prestación del servicio
especificado, considerándose que en ese momento se produce la aceptación de las condiciones de prestación del servicio y
el compromiso de asistencia.
La inasistencia total o parcial a las actividades no será causa de devolución de las cantidades pagadas.»
Contra el presente acuerdo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, con sede en Cáceres, en el plazo de dos meses contados a
partir del día siguiente de la publicación de este anuncio.
Quintana de la Serena, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Raimundo Dávila Fortuna.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 3 de 4