Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (02836/2025)
Delegación de competencias efectuadas por el Consorcio de Servicios Medioambientales de la Provincia de Badajoz - PROMEDIO al OAR de la Diputación de Badajoz
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Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria

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Así, el OAR llevará a cabo el ejercicio de las facultades delegadas de conformidad con la Ordenanza fiscal general
específicamente reguladora de la gestión, liquidación, inspección y recaudación de los tributos y otros ingresos, que
desarrolla la normativa de los procedimientos, trámites y medidas en general, jurídicas o técnicas, que establece el Texto
Refundido de la Ley de Haciendas Locales y la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. Para la cobranza de los
tributos y de las cantidades que como ingresos de derecho público debe percibir PROMEDIO, con carácter general,
conforme al contenido del Reglamento General de Recaudación y demás disposiciones de desarrollo de la Ley General
Tributaria.
Las facultades delegadas serán ejercidas por los órganos del OAR que proceda conforme a su organización administrativa y
territorial que determinen sus estatutos, Reglamento Orgánico y Funcional y Ordenanza fiscal general, que en cada
momento estén vigentes.
Tercero: Con fecha 8 de marzo de 2019, por el Consejo de Administración del Consorcio de Servicios Medioambientales de la
Provincia de Badajoz-PROMEDIO se acordó, al amparo de lo previsto en la normativa mencionada más arriba, la delegación
de facultades de gestión, liquidación, inspección y recaudación tributarias en la Diputación de Badajoz, acuerdo que fue
aceptado por el Consejo Rector del Organismo Autónomo de Recaudación - OAR, en sesión de fecha 22 de marzo de 2019, y
ratificado por el Pleno de la Diputación de Badajoz, en sesión de fecha 29 de marzo de 2019, considerando necesario ambas
partes proceder a la renovación de dichos acuerdos ampliando las facultades delegadas.
En consecuencia, teniendo en cuenta lo anterior, el Consejo de Administración de PROMEDIO.
ACUERDA:
Primero.- Objeto.
I.- Delegar en la Diputación de Badajoz las facultades relativas a la aplicación de los tributos, así como el
ejercicio de la potestad sancionadora tributaria, en su caso, y la revisión en vía administrativa de los actos y
actuaciones de aplicación de los tributos y los actos de imposición de sanciones tributarias.
Dicha delegación se efectúa al amparo de lo previsto en el artículo 7 del Texto Refundido de la Ley Reguladora
de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, en concordancia con
el artículo 106.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en el artículo 8.b)
del Reglamento General de recaudación, aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, concretándose
en lo siguiente:
a) La gestión censal, la gestión tributaria, la práctica de liquidación, la gestión recaudatoria y la
inspección de la "tasa por prestación del servicio de recogida de residuos sólidos urbanos".
b) La gestión censal, la gestión tributaria, la práctica de liquidación, la gestión recaudatoria y la
inspección de la "tasa por la prestación del servicio provincial de abastecimiento domiciliario de
agua potable y otras actividades inherentes al mismo" (incluirá la liquidación del canon de
saneamiento exigido por la Comunidad Autónoma de Extremadura, de acuerdo con lo
dispuesto en la normativa vigente).
c) La gestión censal, la gestión recaudatoria, a solicitud expresa de PROMEDIO, mediante el
sistema de emisión de recibos de las tasas, que en cada momento, tenga aprobadas
PROMEDIO, por el servicio de abastecimiento de agua potable en alta.
d) La gestión censal, la gestión tributaria, la práctica de liquidación, la gestión recaudatoria y la
inspección de la "tasa por la prestación del servicio supramunicipal de depuración de aguas
residuales en la provincia de Badajoz".
II.- La recaudación mediante el sistema de compensación de las deudas por aportaciones y/o prestaciones de
servicios, que otras entidades públicas, deban efectuar a PROMEDIO, previa autorización de las mismas.
III.- Asimismo, se acuerda delegar en la Diputación de Badajoz, igualmente al amparo de la normativa
mencionada en el apartado I, las funciones relativas a la gestión y recaudación del precio público exigido por
el análisis de aguas residuales. La gestión y recaudación se llevará a cabo mediante el régimen de
autoliquidación y pago, con carácter previo, a la prestación del servicio.
IV.- La Diputación de Badajoz llevará a cabo el ejercicio de las facultades y el desarrollo de las funciones
delegadas a través del Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión tributaria (OAR).
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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