Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendralejo. (03448/2025)
Bases para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a entidades deportivas para el fomento de la actividad física y deportiva a través de las escuelas deportivas temporada 2024/2025
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Ayuntamiento de Almendralejo
Anuncio 3448/2025
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Almendralejo
Almendralejo (Badajoz)
Anuncio 3448/2025
Bases para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a entidades deportivas para el
fomento de la actividad física y deportiva a través de las escuelas deportivas temporada 2024/2025
BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA
COMPETITIVA A ENTIDADES DEPORTIVAS PARA EL FOMENTO DE LA ACTIVIDAD FÍSICA Y DEPORTIVA A TRAVÉS DE LAS
ESCUELAS DEPORTIVAS EN ALMENDRALEJO, TEMPORADA 2024/2025
Primero.- Objeto de la convocatoria y régimen jurídico.
Las presentes bases tienen por objeto establecer las normas reguladoras de las subvenciones que conceda este Excmo.
Ayuntamiento para el fomento de la actividad física y el deporte, en régimen de concurrencia competitiva, con cargo a los
créditos de sus presupuestos, que se desarrollan en la base tercera de estas bases, para la temporada 2024/2025, realizadas
entre el día 1 de septiembre de 2024 y el 31 de agosto de 2025.
Estas bases se rigen por lo dispuesto en las siguientes normas:
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. (LGS).
- Real Decreto 887/2006, 21 de julio, Reglamento de la Ley 38/2003, general de subvenciones. (RGS).
- Ordenanza reguladora de las bases generales para la concesión de subvenciones aprobada por el Pleno de
esta Corporación en sesión celebrada el día 27 de febrero de 2012 y publicada en el Boletín Oficial de la
Provincia de 8 de junio de 2012.
- Las restantes normas de derecho administrativo, y en su defecto, se aplicarán las normas de derecho
privado.
Segunda.- Beneficiarios y entidades excluidas.
Podrán participar en esta convocatoria, los clubes deportivos, sin ánimo de lucro y legalmente constituidos, inscritos en el
Registro de asociaciones y clubes de la Dirección General de Deporte de la Junta de Extremadura y del Ayuntamiento de
Almendralejo, que tengan firmado con el Excmo. Ayuntamiento de Almendralejo, el convenio de colaboración para la
promoción deportiva y que desarrollen actividades lúdicas, deportivas y educativas de forma regular en programas de
escuelas deportivas, dirigidos a niños menores de 18 años.
Cada entidad deportiva deberá presentar una única solicitud.
Se encuentran excluidas de esta convocatoria:
a. A aquellas entidades que dependan directamente de una entidad y/u organismo oficial.
b. A aquellas entidades deportivas que no han tenido actividad en la temporada 2023/2024 o incluso que aún
teniéndola, no haya firmado el convenio de colaboración con el Excmo. Ayuntamiento de Almendralejo.
c. Aquellas entidades deportivas de carácter eminentemente privado o con ánimo de lucro y/o cuya actividad
no está abierta al resto de la población.
d. A aquellas entidades deportivas que dependan de las asociaciones de vecinos, asociaciones de madres/
padres de alumnos.
Tercera.- Financiación y cuantía de la línea de subvención.
El importe total de las subvenciones a conceder no excederá en su cuantía total de 121.000,00 euros con cargo a la
aplicación presupuestaria: 34100 48000, del vigente presupuesto municipal, existiendo crédito presupuestario suficiente. No
obstante la Junta de Gobierno Local se reserva el derecho de no utilizar la totalidad de esa cantidad.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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COMPETITIVA A ENTIDADES DEPORTIVAS PARA EL FOMENTO DE LA ACTIVIDAD FÍSICA Y DEPORTIVA A TRAVÉS DE LAS
ESCUELAS DEPORTIVAS EN ALMENDRALEJO, TEMPORADA 2024/2025
Primero.- Objeto de la convocatoria y régimen jurídico.
Las presentes bases tienen por objeto establecer las normas reguladoras de las subvenciones que conceda este Excmo.
Ayuntamiento para el fomento de la actividad física y el deporte, en régimen de concurrencia competitiva, con cargo a los
créditos de sus presupuestos, que se desarrollan en la base tercera de estas bases, para la temporada 2024/2025, realizadas
entre el día 1 de septiembre de 2024 y el 31 de agosto de 2025.
Estas bases se rigen por lo dispuesto en las siguientes normas:
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. (LGS).
- Real Decreto 887/2006, 21 de julio, Reglamento de la Ley 38/2003, general de subvenciones. (RGS).
- Ordenanza reguladora de las bases generales para la concesión de subvenciones aprobada por el Pleno de
esta Corporación en sesión celebrada el día 27 de febrero de 2012 y publicada en el Boletín Oficial de la
Provincia de 8 de junio de 2012.
- Las restantes normas de derecho administrativo, y en su defecto, se aplicarán las normas de derecho
privado.
Segunda.- Beneficiarios y entidades excluidas.
Podrán participar en esta convocatoria, los clubes deportivos, sin ánimo de lucro y legalmente constituidos, inscritos en el
Registro de asociaciones y clubes de la Dirección General de Deporte de la Junta de Extremadura y del Ayuntamiento de
Almendralejo, que tengan firmado con el Excmo. Ayuntamiento de Almendralejo, el convenio de colaboración para la
promoción deportiva y que desarrollen actividades lúdicas, deportivas y educativas de forma regular en programas de
escuelas deportivas, dirigidos a niños menores de 18 años.
Cada entidad deportiva deberá presentar una única solicitud.
Se encuentran excluidas de esta convocatoria:
a. A aquellas entidades que dependan directamente de una entidad y/u organismo oficial.
b. A aquellas entidades deportivas que no han tenido actividad en la temporada 2023/2024 o incluso que aún
teniéndola, no haya firmado el convenio de colaboración con el Excmo. Ayuntamiento de Almendralejo.
c. Aquellas entidades deportivas de carácter eminentemente privado o con ánimo de lucro y/o cuya actividad
no está abierta al resto de la población.
d. A aquellas entidades deportivas que dependan de las asociaciones de vecinos, asociaciones de madres/
padres de alumnos.
Tercera.- Financiación y cuantía de la línea de subvención.
El importe total de las subvenciones a conceder no excederá en su cuantía total de 121.000,00 euros con cargo a la
aplicación presupuestaria: 34100 48000, del vigente presupuesto municipal, existiendo crédito presupuestario suficiente. No
obstante la Junta de Gobierno Local se reserva el derecho de no utilizar la totalidad de esa cantidad.
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