Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendralejo. (03486/2025)
Bases reguladoras del concurso de pasarela romántica
6 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Almendralejo
Anuncio 3486/2025
de su sitio web: https://sedeagpd.gob.es/sede-electronica-web/.
Octava: Régimen jurídico.
Los premios de la presente convocatoria se concederán en régimen de concurrencia competitiva y tendrán carácter de
subvención por lo que se regirán por las bases de ejecución del presupuesto del Excmo. Ayuntamiento de Almendralejo, por
la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, Reglamento de
la Ley de Subvenciones y por la Ordenanza reguladora de las bases generales para la concesión de subvenciones aprobada
por el Pleno de esta Corporación en sesión celebrada el día 27 de febrero de 2012 y publicada en el Boletín Oficial de la
Provincia de 8 de junio de 2012. Así como lo dispuesto por el artículo 24 del Decreto de 17 de junio de 1955 por el que se
aprueba el Reglamento de Servicios de las Corporaciones locales.
Novena: Pago de los premios.
El Excmo. Ayuntamiento de Almendralejo abonará el premio posteriormente a la resolución de la concesión.
No podrá realizarse el pago del premio en tanto el beneficiario no se halle al corriente en el cumplimiento de sus
obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social o sea deudor por resolución de procedencia de reintegro.
El órgano instructor correspondiente deberá remitir los expedientes a la Intervención municipal con informe que acredite la
adecuación de la documentación solicitada y el proyecto o actividad relativa al premio, a las bases de la convocatoria.
Los premios están sujetos a retenciones tal como estipula la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta
de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no
Residentes y sobre el Patrimonio.
Décima: Obligaciones de los beneficiarios.
Los beneficiarios de los premios adquieren las siguientes obligaciones:
Realizar las actividades o programas objeto de premio en los plazos establecidos.
Facilitar cuánta documentación sea requerida por la Concejalía de Comercio y la Intervención municipal al objeto de
supervisar la adecuada aplicación de los premios.
Cumplir las condiciones que se determinen en estas bases.
Decimoprimera: El Ayuntamiento de Almendralejo.
Se reserva el derecho a modificar el plazo de presentación de solicitudes si se considera adecuado.
No se responsabilizará ni abonará indemnización alguna ante posibles daños a personas y/o bienes durante el
desarrollo del concurso.
El Ayuntamiento se reserva el derecho de utilizar el material gráfico resultante del evento (fotografías, vídeos y otro
material audiovisual), que en ningún caso será empleado con fines de lucro, comerciales o ilícitos.
Decimosegunda: Revocación y reintegro de los premios.
El Excmo. Ayuntamiento de Almendralejo procederá a la revocación de los premios y obligará al reintegro y a la exigencia del
interés de demora que resulte de aplicación desde el momento de abono del premio hasta la fecha que se acuerde la
procedencia del reintegro o se produzca el mismo, en los siguientes supuestos:
1. Ocultación o falsedad de datos o documentos.
2. Incumplimiento parcial o total de la finalidad para la que se concedio.
3. Incumplimiento de cualesquiera condiciones impuestas con motivo del premio.
4. Atendiendo a la gravedad y trascendencia del incumplimiento, el mismo podrá llevar aparejado, además del
reintegro del premio, las infracciones administrativas y sanciones que la legislación vigente contempla,
incluyendo la inhabilitación para la concesión de premios en posteriores convocatorias.
Decimotercera: Recursos.
Contra las presentes bases reguladoras, que ponen fin a la vía administrativa, potestativamente podrá interponerse recurso
de reposición ante el órgano que dicta el acto en el plazo de un mes, contando a partir del día siguiente al de la publicación
de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, o directamente recurso contencioso-administrativo ante
el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 4 de 6
Anuncio 3486/2025
de su sitio web: https://sedeagpd.gob.es/sede-electronica-web/.
Octava: Régimen jurídico.
Los premios de la presente convocatoria se concederán en régimen de concurrencia competitiva y tendrán carácter de
subvención por lo que se regirán por las bases de ejecución del presupuesto del Excmo. Ayuntamiento de Almendralejo, por
la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, Reglamento de
la Ley de Subvenciones y por la Ordenanza reguladora de las bases generales para la concesión de subvenciones aprobada
por el Pleno de esta Corporación en sesión celebrada el día 27 de febrero de 2012 y publicada en el Boletín Oficial de la
Provincia de 8 de junio de 2012. Así como lo dispuesto por el artículo 24 del Decreto de 17 de junio de 1955 por el que se
aprueba el Reglamento de Servicios de las Corporaciones locales.
Novena: Pago de los premios.
El Excmo. Ayuntamiento de Almendralejo abonará el premio posteriormente a la resolución de la concesión.
No podrá realizarse el pago del premio en tanto el beneficiario no se halle al corriente en el cumplimiento de sus
obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social o sea deudor por resolución de procedencia de reintegro.
El órgano instructor correspondiente deberá remitir los expedientes a la Intervención municipal con informe que acredite la
adecuación de la documentación solicitada y el proyecto o actividad relativa al premio, a las bases de la convocatoria.
Los premios están sujetos a retenciones tal como estipula la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta
de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no
Residentes y sobre el Patrimonio.
Décima: Obligaciones de los beneficiarios.
Los beneficiarios de los premios adquieren las siguientes obligaciones:
Realizar las actividades o programas objeto de premio en los plazos establecidos.
Facilitar cuánta documentación sea requerida por la Concejalía de Comercio y la Intervención municipal al objeto de
supervisar la adecuada aplicación de los premios.
Cumplir las condiciones que se determinen en estas bases.
Decimoprimera: El Ayuntamiento de Almendralejo.
Se reserva el derecho a modificar el plazo de presentación de solicitudes si se considera adecuado.
No se responsabilizará ni abonará indemnización alguna ante posibles daños a personas y/o bienes durante el
desarrollo del concurso.
El Ayuntamiento se reserva el derecho de utilizar el material gráfico resultante del evento (fotografías, vídeos y otro
material audiovisual), que en ningún caso será empleado con fines de lucro, comerciales o ilícitos.
Decimosegunda: Revocación y reintegro de los premios.
El Excmo. Ayuntamiento de Almendralejo procederá a la revocación de los premios y obligará al reintegro y a la exigencia del
interés de demora que resulte de aplicación desde el momento de abono del premio hasta la fecha que se acuerde la
procedencia del reintegro o se produzca el mismo, en los siguientes supuestos:
1. Ocultación o falsedad de datos o documentos.
2. Incumplimiento parcial o total de la finalidad para la que se concedio.
3. Incumplimiento de cualesquiera condiciones impuestas con motivo del premio.
4. Atendiendo a la gravedad y trascendencia del incumplimiento, el mismo podrá llevar aparejado, además del
reintegro del premio, las infracciones administrativas y sanciones que la legislación vigente contempla,
incluyendo la inhabilitación para la concesión de premios en posteriores convocatorias.
Decimotercera: Recursos.
Contra las presentes bases reguladoras, que ponen fin a la vía administrativa, potestativamente podrá interponerse recurso
de reposición ante el órgano que dicta el acto en el plazo de un mes, contando a partir del día siguiente al de la publicación
de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, o directamente recurso contencioso-administrativo ante
el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 4 de 6