Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros. (03519/2025)
Bases de la convocatoria de una plaza de Profesor de Guitarra de la Escuela Municipal de Música a través de contratación temporal para la constitución de bolsa de trabajo
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Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros

Anuncio 3519/2025

octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, estando sus miembros, así como el personal asesor y observadores, sujetos
a los supuestos de abstención y recusación previstos en los artículos 23 y 24 de la citada norma. Así mismo el Tribunal, de
acuerdo con el artículo 14 de la Constitución, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades
de ambos sexos.
6.5.- No podrán formar parte del órgano de selección quienes, en el ámbito de actividades privadas, hubiera realizado tareas
de formación o preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de la
correspondiente convocatoria.
6.6.- La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse esta en
representación o por cuenta de nadie.
6.7.- El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia, como mínimo, de la mitad más uno de sus miembros,
titulares o suplentes, indistintamente. Ajustará su funcionamiento a lo previsto en los artículos 97 y 98 de la Ley 13/2015, de
8 de abril, de Función Pública de Extremadura -LFPEX-.
6.8.- El Tribunal resolverá, por mayoría de sus miembros presentes, todas las dudas y propuestas que surjan para la
aplicación de las normas contenidas en estas bases, y estará facultado para resolver las cuestiones que puedan suscitarse
durante la realización de las pruebas, así como para adoptar la medidas que garanticen el debido orden en las mismas en
todo lo previsto en las bases.
Séptimo. Sistemas de selección y desarrollo de los procesos.
El procedimiento de selección de los aspirantes constará de una fase de oposición y una fase de concurso.
7.1.- Fase oposición: Consistirá en la realización de 2 pruebas de aptitud eliminatorias y obligatorias para los aspirantes. La
calificación de la fase de oposición será la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios práctico y teórico.
Los aspirantes serán convocados en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo
causa de fuerza mayor debidamente acreditada y libremente apreciada por el Tribunal.
En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su personalidad.
Los candidatos deberán acudir provistos del NIF o, en su defecto, pasaporte o carné de conducir.
El ejercicio de las pruebas será obligatorio y eliminatorio, calificándose hasta un máximo de 6 puntos, siendo eliminados los
aspirantes que no alcancen un mínimo de 3 puntos. La puntuación de cada uno de los ejercicios se hallará calculando la
media aritmética de las puntuaciones otorgadas por cada uno de los miembros del Tribunal.
Los ejercicios de la oposición serán los siguientes:
Primer ejercicio: Consistirá en la presentación de un proyecto de una unidad didáctica para desarrollar
durante el curso académico dentro de la especialidad a la que aspiran, que deberá versar sobre los siguientes
extremos:
Objetivos.
Destinatarios de la unidad didáctica.
Conceptos y procedimientos a trabajar durante la unidad.
Desarrollo de la unidad.
Actividades incluidas en la unidad.
Recursos a utilizar durante la ejecución de la unidad.
Evaluación de la unidad.
El proyecto deberá presentarse en el momento de presentación de las solicitudes, no pudiendo tener una
extensión superior a 10 páginas. Posteriormente se deberá defender frente al Tribunal en un máximo de 10
minutos, calificándose de 0 a 3 puntos el conjunto de la unidad didáctica, necesitando un mínimo de 1,5
puntos para la superación de la prueba. Este proyecto deberá ser original y diferente a los presentados en
años anteriores, si hubieran asistido a la selección de persona. El aspirante deberá comunicar las necesidades
técnicas para la presentación de la unidad didáctica.
Segundo ejercicio: Consistirá en la interpretación de una o varias obras elegidas por el/la aspirante en un
tiempo máximo de 8 minutos y se calificará de 0 a 3, siendo necesario para aprobar obtener una calificación
de 1,5 puntos. Deberá entregar en el momento de presentación de la solicitud la/las obras elegidas por el/la
aspirante y en el momento de la realización del mismo dos copias de cada una de ellas.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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