Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Esparragalejo. Delegación de Formación y Capacitación para el Empleo (Badajoz). (03569/2025)
Aprobación inicial de la modificación de la Ordenanza municipal sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Esparragalejo

Anuncio 3569/2025

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Esparragalejo
Esparragalejo (Badajoz)
Anuncio 3569/2025
Aprobación inicial de la modificación de la Ordenanza municipal sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y
seguridad vial

El Pleno del Ayuntamiento de Esparragalejo, en sesión extraordinaria celebrada el día 12 de agosto de 2025, acordó la
aprobación inicial de la modificación de la Ordenanza municipal sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad
vial, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia número 256, de fecha 7 de noviembre de 1995.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del
Régimen Local y 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las
disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, se somete el expediente a información pública y audiencia a los
interesados, por plazo de treinta (30) días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente
anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia y tablón de anuncios del Ayuntamiento, durante los cuales podrán examinar el
expediente y presentar las reclamaciones y alegaciones que estimen oportunas.
Asimismo, el texto íntegro de la modificación de la Ordenanza, estará a disposición de los interesados en el tablón de
anuncios la sede electrónica de este Ayuntamiento, cuya dirección es:
[https://sede.esparragalejo.es]
En el caso de presentarse reclamaciones, éstas se resolverán por el Pleno de la Corporación. Si durante el citado plazo no se
presentasen alegaciones, el presente acuerdo de aprobación inicial de la modificación de la mencionada Ordenanza
municipal será elevado a definitivo, sin necesidad de acuerdo plenario expreso.
Esparragalejo, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Fco. José Pajuelo Sánchez.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 2 de 3