Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendralejo. Área de Igualdad (Badajoz). (03552/2025)
Bases de convocatoria para cubrir un puesto de carácter singularizado reservado a personal funcionario, por sistema de concurso
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Ayuntamiento de Almendralejo

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Almendralejo
Almendralejo (Badajoz)
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Bases de convocatoria para cubrir un puesto de carácter singularizado reservado a personal funcionario, por sistema
de concurso

BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN, POR EL PROCEDIMIENTO CONCURSO ESPECÍFICO DE MÉRITOS, DE
PUESTO DE TRABAJO DE CARÁCTER SINGULARIZADO Y RESERVADO A PERSONAL FUNCIONARIO DE CARRERA
La Junta de Gobierno Local, por delegación de la Alcaldía-Presidencia, en uso de las atribuciones que le confiere el artículo 23
de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en sesión celebrada el día 6 de agosto de 2025,
adoptó el siguiente acuerdo:
Primero. Aprobar las bases y la convocatoria de provisión, mediante el sistema de concurso específico de
méritos, del puesto de trabajo vacante de carácter singularizado y reservados a personal funcionario de
carrera "334 Oficial Jefe de Grupo de Carpintería".
Segundo. Publicar el texto integro de la bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, en la página web
www.almendralejo.es y en los tablones de edictos de este Ayuntamiento.
Tercero. Convocar concurso específico de méritos para la provisión de este puesto, otorgando un plazo de
presentación de quince días hábiles, a contar del siguiente a aquél en que aparezca publicado el anuncio de la
convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, una vez que se hubiesen publicado íntegramente las bases en el
Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz.
BASES
Primera. Objeto de la convocatoria.
1.ª.1 Objeto. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, mediante el sistema de concurso específico de méritos, del
puesto de trabajo vacante de carácter singularizado y reservado a personal funcionario de carrera, "334 Oficial Jefe de Grupo
de Carpintería".
En el anexo I de estas bases se especifica se dependencia orgánica, requisitos, características y descripción del puesto
ofertado, conforme a la vigente relación de puestos de trabajo (RPT) del personal funcionario de este Ayuntamiento.
Quedan garantizados, en todo caso, los principios de igualdad, mérito y capacidad, así como el de publicidad.
El régimen de incompatibilidad estará sujeto a lo dispuesto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del
Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.
1.ª.2 Igualdad de trato. Todo el proceso selectivo se desarrollará en condiciones de igualdad efectiva entre mujeres y
hombres.
1.ª.3 Normativa de aplicación. En lo no previsto en estas bases, será de aplicación al procedimiento el artículo 101 de la Ley
7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, artículos 78 y 79 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30
de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, artículos 114 y
siguientes de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura, artículo 5 y siguientes del Decreto 43/1996,
de 26 de marzo, por el que se regula el Reglamento general de provisión de puestos de trabajo promoción profesional,
artículo 39 y siguientes del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento general de ingreso
del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción
profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, artículo 13 del Acuerdo regulador de las
condiciones de trabajo de los empleados públicos de este Ayuntamiento (DOE número 181 de 17 de septiembre de 2018), la
vigente RPT de personal funcionario de este Ayuntamiento, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 40/2015, de 1 octubre, Régimen Jurídico del Sector Público y
demás normas concordantes de aplicación.
Segunda. Requisitos y condiciones de participación de las personas aspirantes.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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