Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2025-2048)
BOP-2025-2048 Anuncio apertura plazo solicitud casetas de feria de San Fernando.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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CSV: 15704450602005503344 en http://sede.caceres.es
15 a 22 RGPD, y, en cualquier caso, en el plazo de un mes a partir de la recepción
de la solicitud.
Dicho plazo podrá prorrogarse otros dos meses en caso necesario, teniendo en
cuenta la complejidad y el número de solicitudes.
El responsable informará al interesado de cualquiera de dichas prórrogas en el
plazo de un mes a partir de la recepción de la solicitud, indicando los motivos de la
dilación.
Cuando el interesado presente la solicitud por medios electrónicos, la
información se facilitará por medios electrónicos cuando sea posible, a menos que
el interesado solicite que se facilite de otro modo.
Si el responsable del tratamiento no da curso a la solicitud del interesado, le
informará sin dilación, y a más tardar transcurrido un mes de la recepción de la
solicitud, de las razones de su no actuación y de la posibilidad de presentar una
reclamación ante una autoridad de control y de ejercitar acciones judiciales.
La información facilitada en virtud de los artículos 13 y 14 RGPD, así como toda
comunicación y cualquier actuación realizada en virtud de los artículos 15 a 22 y
34 RGPD serán a título gratuito. Cuando las solicitudes sean manifiestamente
infundadas o excesivas, especialmente debido a su carácter repetitivo, el
responsable del tratamiento podrá:
a) Cobrar un canon razonable en función de los costes administrativos
afrontados para facilitar la información o la comunicación o realizar la actuación
solicitada, o
b) Negarse a actuar respecto de la solicitud.
El responsable del tratamiento soportará la carga de demostrar el carácter
manifiestamente infundado o excesivo de la solicitud.
Cuando se obtengan del adjudicatario datos personales relativos a él, el
responsable del tratamiento de esta Administración, en el momento en que estos
se obtengan, le facilitará toda la información indicada a continuación (art. 13
RGPD):
a) La identidad y los datos de contacto del responsable y, en su caso, de su
representante.
b) Los datos de contacto del delegado de protección de datos, en su caso.
CVE:
BOP-2025-2048
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 28 de abril de 2025
N.º 0079
Pág. 9657
CSV: 15704450602005503344 en http://sede.caceres.es
15 a 22 RGPD, y, en cualquier caso, en el plazo de un mes a partir de la recepción
de la solicitud.
Dicho plazo podrá prorrogarse otros dos meses en caso necesario, teniendo en
cuenta la complejidad y el número de solicitudes.
El responsable informará al interesado de cualquiera de dichas prórrogas en el
plazo de un mes a partir de la recepción de la solicitud, indicando los motivos de la
dilación.
Cuando el interesado presente la solicitud por medios electrónicos, la
información se facilitará por medios electrónicos cuando sea posible, a menos que
el interesado solicite que se facilite de otro modo.
Si el responsable del tratamiento no da curso a la solicitud del interesado, le
informará sin dilación, y a más tardar transcurrido un mes de la recepción de la
solicitud, de las razones de su no actuación y de la posibilidad de presentar una
reclamación ante una autoridad de control y de ejercitar acciones judiciales.
La información facilitada en virtud de los artículos 13 y 14 RGPD, así como toda
comunicación y cualquier actuación realizada en virtud de los artículos 15 a 22 y
34 RGPD serán a título gratuito. Cuando las solicitudes sean manifiestamente
infundadas o excesivas, especialmente debido a su carácter repetitivo, el
responsable del tratamiento podrá:
a) Cobrar un canon razonable en función de los costes administrativos
afrontados para facilitar la información o la comunicación o realizar la actuación
solicitada, o
b) Negarse a actuar respecto de la solicitud.
El responsable del tratamiento soportará la carga de demostrar el carácter
manifiestamente infundado o excesivo de la solicitud.
Cuando se obtengan del adjudicatario datos personales relativos a él, el
responsable del tratamiento de esta Administración, en el momento en que estos
se obtengan, le facilitará toda la información indicada a continuación (art. 13
RGPD):
a) La identidad y los datos de contacto del responsable y, en su caso, de su
representante.
b) Los datos de contacto del delegado de protección de datos, en su caso.
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Lunes, 28 de abril de 2025
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