Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Logrosán. (BOP-2025-2301)
BOP-2025-2301 Concurso-oposición plaza de Operario/a de Mantenimiento de la piscina municipal y jardinería como personal laboral fijo.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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d) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a mediante expediente
disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos
constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en
inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de funciones públicas por resolución
judicial para el acceso a la escala, subescala, clase y categoría de funcionario/a en el que
hubiese sido separado/a o inhabilitado/a.
Los/as nacionales de otros Estados deberán acreditar igualmente no hallarse
inhabilitados/as o en situación equivalente ni haber sido sometidos/as a sanción
disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso a
la función pública.
e) Documentación acreditativa de los restantes requisitos que, en su caso, pudieran
exigirse en cada base específica, que deberá ser compulsada por el Área encargado de la
gestión de dicho proceso selectivo.
11.2. Quienes dentro del plazo indicado en el apartado 1º y salvo los casos de fuerza
mayor, no presentasen la documentación exigida en las bases de la convocatoria o del
examen de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos por las
mismas o hubieran incurrido en falsedad en relación con los mismos, no podrá ser
nombrados/as personal laboral fijo, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin
perjuicio de la responsabilidad en la que pudieran haber incurrido por falsedad en sus
solicitudes de participación.
DISPOSICIÓN FINAL
Contra estas bases y cuantos actos se deriven de las mismas y de la actuación del
Tribunal, se podrán interponer impugnaciones por los interesados en los plazos y en las
formas previstas por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
En Logrosán, a fecha de la firma electrónica.
EL ALCALDE-PRESIDENTE.
Fdo: JULIO A. ROLDÁN MASA
Cód.
Validación:
A7WCAARND5CHRG7CD5TKLG9SJ
Verificación:
https://logrosan.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
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9
de
9
CVE:
BOP-2025-2301
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 12 de mayo de 2025
N.º 0088
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disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos
constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en
inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de funciones públicas por resolución
judicial para el acceso a la escala, subescala, clase y categoría de funcionario/a en el que
hubiese sido separado/a o inhabilitado/a.
Los/as nacionales de otros Estados deberán acreditar igualmente no hallarse
inhabilitados/as o en situación equivalente ni haber sido sometidos/as a sanción
disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso a
la función pública.
e) Documentación acreditativa de los restantes requisitos que, en su caso, pudieran
exigirse en cada base específica, que deberá ser compulsada por el Área encargado de la
gestión de dicho proceso selectivo.
11.2. Quienes dentro del plazo indicado en el apartado 1º y salvo los casos de fuerza
mayor, no presentasen la documentación exigida en las bases de la convocatoria o del
examen de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos por las
mismas o hubieran incurrido en falsedad en relación con los mismos, no podrá ser
nombrados/as personal laboral fijo, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin
perjuicio de la responsabilidad en la que pudieran haber incurrido por falsedad en sus
solicitudes de participación.
DISPOSICIÓN FINAL
Contra estas bases y cuantos actos se deriven de las mismas y de la actuación del
Tribunal, se podrán interponer impugnaciones por los interesados en los plazos y en las
formas previstas por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
En Logrosán, a fecha de la firma electrónica.
EL ALCALDE-PRESIDENTE.
Fdo: JULIO A. ROLDÁN MASA
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Validación:
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