Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2025-2321)
BOP-2025-2321 Bases Convocatoria Anual de Subvenciones para el desarrollo, fomento y promoción de competiciones y eventos deportivos 2025.
26 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Concejalía de Deporte
deportes@ayto-caceres.es
927 627 506
subvenciones concedidas por importe inferior a 3.000 euros, al amparo de artículo 33 de la
Ordenanza General de Subvenciones del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres.
Base 11. Obligaciones de los beneficiarios.
Los beneficiarios asumirán, además de las obligaciones contenidas en las
presentes Bases y las previstas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, General de
Subvenciones, las siguientes:
Realizar la actividad para la que se ha solicitado subvención y se le concede la
misma.
Presentar la justificación de la realización de la actividad mediante la cuenta
justificativa simplificada, que comprenderá las facturas acompañadas del justificante
acreditativo de haberse abonado, nóminas abonadas, etc. realizadas con cargo a la
subvención, en la forma, condiciones y plazos establecidos en el artículo 30 de la
Ley 38/2003, General de Subvenciones y artículo 75 del Reglamento General de
Subvenciones.
Facilitar cuantas actuaciones de comprobación se requieran por parte del
Ayuntamiento de Cáceres. Asimismo, quedarán obligados a facilitar cuanta
información le sea demandada y sometidas al control financiero, que corresponde a
la Intervención General del Ayuntamiento.
Comunicar al Ayuntamiento de Cáceres la obtención de otras subvenciones,
ayudas, ingresos o recursos que financien la actividad subvencionada.
A realizar la adecuada publicidad del carácter público de la financiación de la
actividad objeto de subvención, con las siguientes obligaciones:
* La entidad deportiva deberá incluir en toda la publicidad escrita, hablada o gráfica
que se realice de la actividad subvencionada la leyenda “en colaboración con el Excmo.
Ayuntamiento de Cáceres”.
* El logotipo que establezca el Ayuntamiento de Cáceres se deberá incluir en lugar
preferente en toda la publicidad gráfica que se edite por la entidad (documentos oficiales,
página web, carteles, trípticos, revistas, dorsales, equipaciones, camisetas, reclamos
publicitarios, etc.), así como en los escenarios de la competición deportiva, mediante la
instalación de carteles, pancartas u otro tipo de soportes publicitarios.
* En todo caso, el Ayuntamiento de Cáceres se reserva el derecho a incluir en el recinto o
zona deportiva donde se celebre la competición subvencionada, todo tipo de publicidad
CVE:
BOP-2025-2321
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 13 de mayo de 2025
N.º 0089
Pág. 10852