Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2025-2322)
BOP-2025-2322 EXTRACTO Bases Convocatoria Anual de Subvenciones para el desarrollo, fomento y promoción de competiciones y eventos deportivos 2025.
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b) En el caso de agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las
comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que
carezca de personalidad jurídica, podrán acceder a la condición de beneficiario siempre que
puedan llevar a cabo los proyectos o actividades o se encuentren en la situación que motiva la
concesión de la subvención.
En el caso de Entidades y Asociaciones sin ánimo de lucro, deberán acreditar su domiciliación
en el Municipio de Cáceres, estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro de
Asociaciones de interés municipal.
*Excepcionalmente, cuando la actividad tenga interés para el municipio, ya sea de carácter
social, económico o humanitario, se podrá otorgar subvención a entidades foráneas, o no
inscritas en el Registro de Asociaciones de interés municipal. La fundamentación de dicho
interés se acreditará mediante la aportación de una memoria al efecto.
No podrán obtener la condición de beneficiario las personas o entidades en quienes concurra
alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, salvo que por la naturaleza de la subvención se
exceptúe por su normativa reguladora.
Tercero. Bases reguladoras:
Las Bases de la Convocatoria han sido aprobadas por Resolución del Alcaldía-Presidencia del
Excmo. Ayuntamiento de Cáceres de fecha 6 de mayo de 2025. El texto íntegro de las Bases
de la Convocatoria podrá consultarse en la página WEB de la Base de Datos de Subvenciones
dependiente de la Intervención General del Estado, en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de
Cáceres y en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres.
Cuarto. Cuantía:
Cuantía de la Subvención. La cuantía total consignada presupuestariamente para estas
subvenciones es de CINCUENTA MIL EUROS //50.000,00.- €//, previstos en la partida
presupuestaria 20/341/48901.
La cuantía total asignada se dividirá en función de los dos periodos de presentación de
solicitudes, que se distribuirá de la siguiente forma:
a). Primer periodo: …………….… 30.000,00 Euros
b). Segundo periodo: …………… 20.000,00 Euros
Cuando a la finalización del primer periodo, se hayan concedido las subvenciones
correspondientes y no se haya agotado el importe máximo a otorgar, automáticamente se
trasladará la cantidad no aplicada para su distribución al siguiente.
CVE:
BOP-2025-2322
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 13 de mayo de 2025
N.º 0089
Pág. 10865
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