Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2025-2395)
BOP-2025-2395 EXTRACTO. Bases reguladoras y convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para el fomento y constitución de comunidades energéticas locales participadas por municipios de la Provincia de Cáceres con una población inferior a 20.000 habitantes (CEL-2025).
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que recurrir a otros procedimientos sustitutivos, con las debidas garantías para todas las
partes.
Las solicitudes, comunicaciones, y demás documentación exigible serán presentadas en la
sede electrónica de la Diputación Provincial de Cáceres firmadas electrónicamente, donde se
formalizara la entrega de las mismas en el registro electrónico creado y regulado por el
Reglamento del Registro General de Entrada y Salida de la Excma. Diputación Provincial de
Cáceres, publicado en el B.O.P. número 74, de 21 de abril del 2010, modificado por Acuerdo
de Pleno de 27 de junio de 2013 y cuya modificación fue publicada en el BOP n.º 163 de 23 de
agosto.
5.- SOLICITUDES Y DOCUMENTOS.
5.1.- SOLICITUD.
Solo se puede presentar una única solicitud y subvencionar una única actuación, por municipio,
salvo en el supuesto en que la actuación a subvencionar se ejecute en el término municipal de
una Entidad Local Menor, en cuyo caso el municipio matriz podrá solicitar subvención para una
actuación en su municipio y otra por cada una de las Entidades Locales Menores que tenga
adscrita.
Las solicitudes se cumplimentarán necesariamente con los medios electrónicos disponibles en
la sede electrónica de la Diputación Provincial, de acuerdo con las instrucciones publicadas a
tal efecto.
En el formulario de solicitud aparecerán, entre otras, las siguientes informaciones a completar:
1. Información del/a entidad solicitante y conjunto de autorizaciones y declaraciones.
Para proceder a la tramitación de la subvención, la entidad solicitante deberá introducir todos
sus datos identificativos en los campos marcados como obligatorios. El carácter obligatorio de
la información vendrá expresado de forma clara en la propia sede. Podrá autorizar a la
Diputación para que pueda obtener directamente y/o por medios telemáticos la información o
los datos necesarios para comprobar el cumplimiento de los requisitos establecidos en las
bases de este procedimiento.
Deberá declarar de forma obligatoria no incurrir en ninguna causa de incompatibilidad que
impida acceder a la subvención, así como autorizar a recibir todas las comunicaciones y
notificaciones que se realicen a lo largo de la tramitación del expediente electrónico a través del
registro electrónico.
CVE:
BOP-2025-2395
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 15 de mayo de 2025
N.º 0091
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