Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2025-2396)
BOP-2025-2396 Bases reguladoras y convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para el fomento y constitución de comunidades energéticas locales participadas por municipios de la Provincia de Cáceres con una población inferior a 20.000 habitantes (CEL-2025).
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Área de Medio Ambiente, Transición Ecológica, Agricultura y Ganadería
LA0002766- Economía Verde y Circular
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Cada instalación fotovoltaica individual debe disponer de un único punto de conexión a
la red distribución de la compañía distribuidora de la localidad.
3.2 Tipología de la instalación fotovoltaica en función orientación solar y potencia no-
minal: Máximo 20 puntos.
Se otorgará hasta un máximo de 20 puntos las instalaciones en función de la producción
estimada por KW instalado, considerando la eficiencia y rendimiento energético de la ins-
talación fotovoltaica, independientemente de su orientación o inclinación. La horquilla se
establecerá proporcionalmente en función de la producción estimada (kWh/Kw insta-
lado/año).
Producción estimada (kWh/kW instalado/año) Puntuación asignada
≥ 1.800 kWh/kW 20 puntos
1.799 - 1.700 kWh/kW 15 puntos
1.699 - 1.600 kWh/kW 10 puntos
1.599 - 1.400 kWh/kW 5 puntos
< 1.399 kWh/kW 0 puntos
Criterios de desempate. En caso de empate a puntuación entre varias solicitudes, el
criterio que prevalecerá para el desempate entre estas solicitudes será el del municipio o
entidad local menor que tenga un menor número de habitantes.
Los criterios indicados serán acumulativos para cada solicitud de subvención, aplicán-
dose a cada Proyecto de inversión, según proceda.
Tras la valoración de las solicitudes presentadas de acuerdo con los criterios anterio-
res, se establecerá una relación ordenada de entidades en función de los puntos obtenidos
en orden decreciente y proponiéndose a las entidades locales con mayor puntuación como
beneficiarias, así como la ayuda asignada a cada una de ellas hasta que se agote el crédito
disponible.
En el supuesto de que se aumente el crédito presupuestario a lo largo del ejercicio se
seguirá atendiendo a las entidades que quedaron sin subvencionar tras agotarse el crédito
CVE:
BOP-2025-2396
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 15 de mayo de 2025
N.º 0091
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