Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Bohonal de Ibor. (BOP-2025-2404)
BOP-2025-2404 Delegación celebración Matrimonio Civil.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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TERCERO. La delegación conferida en la presente Resolución requerirá para su eficacia la
aceptación del órgano delegado, entendiéndose ésta otorgada tácitamente si no se formula
ante el Alcalde expresa manifestación de no aceptación de la delegación en el término de tres
días hábiles contados desde el siguiente a aquel en que le sea notificada esta Resolución.
CUARTO. Comunicar la presente resolución al delegado.
QUINTO. Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres.
SEXTO. Dar cuenta al Pleno de la Corporación, en la primera sesión que éste celebre, del
contenido de la delegación.
SÉPTIMO. Aplicar, respecto a todo lo no previsto expresamente en la presente resolución, las
reglas que para la delegación de competencias del Alcalde se prevén en la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y del Reglamento de Organización,
Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por el Real Decreto
2568/1986, de 28 de noviembre, en cuanto a las reglas que para la delegación se establecen
en dichas normas.”
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer
alternativamente recurso de reposición potestativo ante el Alcalde de este Ayuntamiento, en el
plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de
conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso
contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cáceres, en el
plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio,
de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no
podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto
expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de
que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su
derecho.
Bohonal de Ibor, 8 de mayo de 2025
Carlos Utrilla Arellano
ALCALDE PRESIDENTE
CVE:
BOP-2025-2404
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 15 de mayo de 2025
N.º 0091
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aceptación del órgano delegado, entendiéndose ésta otorgada tácitamente si no se formula
ante el Alcalde expresa manifestación de no aceptación de la delegación en el término de tres
días hábiles contados desde el siguiente a aquel en que le sea notificada esta Resolución.
CUARTO. Comunicar la presente resolución al delegado.
QUINTO. Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres.
SEXTO. Dar cuenta al Pleno de la Corporación, en la primera sesión que éste celebre, del
contenido de la delegación.
SÉPTIMO. Aplicar, respecto a todo lo no previsto expresamente en la presente resolución, las
reglas que para la delegación de competencias del Alcalde se prevén en la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y del Reglamento de Organización,
Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por el Real Decreto
2568/1986, de 28 de noviembre, en cuanto a las reglas que para la delegación se establecen
en dichas normas.”
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer
alternativamente recurso de reposición potestativo ante el Alcalde de este Ayuntamiento, en el
plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de
conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso
contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cáceres, en el
plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio,
de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no
podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto
expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de
que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su
derecho.
Bohonal de Ibor, 8 de mayo de 2025
Carlos Utrilla Arellano
ALCALDE PRESIDENTE
CVE:
BOP-2025-2404
Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 15 de mayo de 2025
N.º 0091
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