Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Arroyo de la Luz. (BOP-2025-2428)
BOP-2025-2428 Resolución de Contratación como Personal Laboral Fijo en la categoría de Auxiliar de guardería a jornada completa.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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RESUELVO
PRIMERO. De acuerdo con los principios de igualdad, objetividad, mérito y
capacidad, y una vez comprobado que se reúnen los requisitos exigidos en las
bases y la convocatoria que han regulado la provisión de seis plazas de Auxiliar de
guardería a jornada completa, autorizar la contratación como personal laboral
fijo a favor de:
Identidad del Aspirante DNI Puntos Obtenidos
REBECA MESA BOCADULCE ***6629** 100
CARMEN BEATRIZ PARRA MORENO ***6754** 100
CONSUELO CACHO GARCÍA ***4067** 100
MARIA LUZ BELLO HOLGADO ***6456** 100
MARIA LUZ CID BERMEJO ***6810** 100
MARIA LUZ CID PEÑA ***3373** 94
SEGUNDO. Disponer la cantidad a la que asciende la retribución a las
nombradas que vienen desarrollando el puesto de trabajo, siendo las retribuciones
las que vienen percibiendo.
TERCERO. Notificar la presente resolución a las candidatas seleccionadas,
comunicándole que deberá formalizar el contrato de trabajo, en un plazo de un mes
siguiente a la publicación del nombramiento en el Boletín Oficial de la Provincia de
Cáceres.
En caso de encontrarse el candidato/a en situación de incapacidad temporal,
este plazo quedará suspendido hasta la resolución de dicha situación de
incapacidad temporal, comenzando en ese momento a contarse el plazo de un mes
para la formalización del contrato.
Asimismo, se le informará acerca del tratamiento de sus datos personales y
del compromiso de confidencialidad con ocasión de la relación que se entabla con el
Ayuntamiento.
CUARTO. Publicar el nombramiento en el Boletín Oficial de la Provincia y en
el Diario Oficial de Extremadura de conformidad con lo previsto en el artículo 87.1
apartado b, de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura, y
para mayor difusión en el tablón de anuncios de la Sede Electrónica de este
Ayuntamiento http://arroyodelaluz.sedelectronica.es.
Ayuntamiento de Arroyo de la Luz
Cód.
Validación:
956MHZ9EZ4KGX6PYRTAE7N5QK
Verificación:
https://arroyodelaluz.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
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CVE:
BOP-2025-2428
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 16 de mayo de 2025
N.º 0092
Pág. 11306
PRIMERO. De acuerdo con los principios de igualdad, objetividad, mérito y
capacidad, y una vez comprobado que se reúnen los requisitos exigidos en las
bases y la convocatoria que han regulado la provisión de seis plazas de Auxiliar de
guardería a jornada completa, autorizar la contratación como personal laboral
fijo a favor de:
Identidad del Aspirante DNI Puntos Obtenidos
REBECA MESA BOCADULCE ***6629** 100
CARMEN BEATRIZ PARRA MORENO ***6754** 100
CONSUELO CACHO GARCÍA ***4067** 100
MARIA LUZ BELLO HOLGADO ***6456** 100
MARIA LUZ CID BERMEJO ***6810** 100
MARIA LUZ CID PEÑA ***3373** 94
SEGUNDO. Disponer la cantidad a la que asciende la retribución a las
nombradas que vienen desarrollando el puesto de trabajo, siendo las retribuciones
las que vienen percibiendo.
TERCERO. Notificar la presente resolución a las candidatas seleccionadas,
comunicándole que deberá formalizar el contrato de trabajo, en un plazo de un mes
siguiente a la publicación del nombramiento en el Boletín Oficial de la Provincia de
Cáceres.
En caso de encontrarse el candidato/a en situación de incapacidad temporal,
este plazo quedará suspendido hasta la resolución de dicha situación de
incapacidad temporal, comenzando en ese momento a contarse el plazo de un mes
para la formalización del contrato.
Asimismo, se le informará acerca del tratamiento de sus datos personales y
del compromiso de confidencialidad con ocasión de la relación que se entabla con el
Ayuntamiento.
CUARTO. Publicar el nombramiento en el Boletín Oficial de la Provincia y en
el Diario Oficial de Extremadura de conformidad con lo previsto en el artículo 87.1
apartado b, de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura, y
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