Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Sierra de Fuentes. (BOP-2025-2505)
BOP-2025-2505 Delegación Celebración Boda Civil.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Sierra de Fuentes
EDICTO. Delegación Celebración Boda Civil.
Habiéndose aprobado el expediente Delegación de Competencias del Alcalde en un Concejal
para celebrar este matrimonio civil se publica el mismo para su general conocimiento y en
cumplimiento del artículo 44 del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen
jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.
“Dado que se considera conveniente y adecuado por haberlo solicitado así los contrayentes,
delegar en D. Juan Manuel Picapiedra Díez, Concejal de este Ayuntamiento, la autorización del
acto de celebración del matrimonio civil entre D. Lorenzo Román de la Montaña y D. Michael
José Venegas Medina, el próximo día 7 de junio de 2025 en el Salón de Plenos de este
Ayuntamiento,
Examinada la documentación que la acompaña, visto el informe de Secretaría y de
conformidad con lo establecido en el apartado cuarto de la Instrucción de 26 de enero de 1995,
de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre Directrices sobre la autorización
del matrimonio civil por los Alcaldes,
HE ACORDADO:
PRIMERO. Delegar en favor de D. Juan Manuel Picapiedra Díez, Concejal de este
Ayuntamiento, el ejercicio de la competencia correspondiente a la autorización del acto de
celebración del matrimonio civil entre los contrayentes D. Lorenzo Román de la Montaña y D.
Michael José Venegas Medina, el próximo día 7 de junio de 2025 en el Salón de Plenos de
este Ayuntamiento.
SEGUNDO. La delegación deberá estar documentada previamente, bastando con que en el
acta de autorización del matrimonio se haga constar que el Concejal ha actuado por delegación
de Alcalde-Presidente.
TERCERO. La delegación conferida en la presente Resolución requerirá para su eficacia la
aceptación del órgano delegado, entendiéndose ésta otorgada tácitamente si no se formula
ante Alcalde-Presidente expresa manifestación de no aceptación de la delegación en el término
CVE:
BOP-2025-2505
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 21 de mayo de 2025
N.º 0095
Pág. 11792
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Sierra de Fuentes
EDICTO. Delegación Celebración Boda Civil.
Habiéndose aprobado el expediente Delegación de Competencias del Alcalde en un Concejal
para celebrar este matrimonio civil se publica el mismo para su general conocimiento y en
cumplimiento del artículo 44 del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen
jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.
“Dado que se considera conveniente y adecuado por haberlo solicitado así los contrayentes,
delegar en D. Juan Manuel Picapiedra Díez, Concejal de este Ayuntamiento, la autorización del
acto de celebración del matrimonio civil entre D. Lorenzo Román de la Montaña y D. Michael
José Venegas Medina, el próximo día 7 de junio de 2025 en el Salón de Plenos de este
Ayuntamiento,
Examinada la documentación que la acompaña, visto el informe de Secretaría y de
conformidad con lo establecido en el apartado cuarto de la Instrucción de 26 de enero de 1995,
de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre Directrices sobre la autorización
del matrimonio civil por los Alcaldes,
HE ACORDADO:
PRIMERO. Delegar en favor de D. Juan Manuel Picapiedra Díez, Concejal de este
Ayuntamiento, el ejercicio de la competencia correspondiente a la autorización del acto de
celebración del matrimonio civil entre los contrayentes D. Lorenzo Román de la Montaña y D.
Michael José Venegas Medina, el próximo día 7 de junio de 2025 en el Salón de Plenos de
este Ayuntamiento.
SEGUNDO. La delegación deberá estar documentada previamente, bastando con que en el
acta de autorización del matrimonio se haga constar que el Concejal ha actuado por delegación
de Alcalde-Presidente.
TERCERO. La delegación conferida en la presente Resolución requerirá para su eficacia la
aceptación del órgano delegado, entendiéndose ésta otorgada tácitamente si no se formula
ante Alcalde-Presidente expresa manifestación de no aceptación de la delegación en el término
CVE:
BOP-2025-2505
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 21 de mayo de 2025
N.º 0095
Pág. 11792