Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2025-2510)
BOP-2025-2510 Bases Reguladoras de la Convocatoria de los "PREMIOS PIE PLUS" enmarcados dentro del Programa de Ideas Emprendedoras en el Mundo Rural, XII Edición.
26 páginas totales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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En caso de empate en las puntuaciones finales ganará el proyecto emprendedor que hubiese
obtenido mayor puntuación en el apartado correspondiente al criterio de valoración “Dominio
del contenido del proyecto y resolución de dudas planteadas por el jurado”.
Si aun así persistiera el empate, se resolverá por el voto de calidad del/la Presidente/a del
jurado.
En casos de ausencia o de enfermedad y, en general, cuando concurra alguna causa
justificada, los/as miembros del Jurado serán sustituidos/as por sus suplentes, quienes deberán
ejercer su derecho al voto y formular su voto particular, así como expresar el sentido de su voto
y los motivos que lo justifican, tal como establece el artículo 19.3 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre de Régimen Jurídico del Sector Público.
Cada miembro del jurado emitirá su voto en cada una de las categorías. El resultado final de
los/as ganadores/as se dará a conocer en acto público en una Gala que se celebrará al efecto.
Finalizado el proceso, el Jurado emitirá una propuesta de concesión de los premios, que se
elevará por el órgano instructor en forma de propuesta de Resolución a la Vicepresidencia 1ª
de Territorio, Igualdad y Cultura (P.D. Resolución de 4 de diciembre de 2024. BOP N.º 238 de
11 de diciembre de 2024) de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres.
Base séptima: OBLIGACIONES DE LOS/AS PREMIADOS/AS.
1.- Los/as premiados/as deberán remitir, en el plazo de 5 días hábiles siguientes al día de
entrega de premios, el original del documento Alta de terceros a la Tesorería de la Excma.
Diputación Provincial de Cáceres, Plaza de Santa María, s/n, 10071, de Cáceres, solo en
aquéllos casos en los que la Diputación de Cáceres no lo tenga a su disposición o hubiera
variación de datos con respecto al último Alta de Terceros, que conste en los archivos de la
Diputación.
2.- Serán obligaciones del/a beneficiario/a las establecidas en los artículos 13 y 14 de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y 18 y ss del RD 887/2006, de 21 de
julio, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley General de Subvenciones.
3.- Los/as premiados/as deberán darse de alta en el epígrafe correspondiente del proyecto
presentado en la Agencia tributaria (AEAT) y alta en el RETA, en un plazo máximo de 6 meses
a contar desde la fecha del pago efectivo del premio.
4.- Tendrán la obligación de mantener la actividad objeto del premio un mínimo de un año
contado a partir del inicio de la actividad, siempre que no concurra ninguna circunstancia de
fuerza mayor que pueda acreditarse por los/as ganadores/as.
CVE:
BOP-2025-2510
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 22 de mayo de 2025
N.º 0096
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obtenido mayor puntuación en el apartado correspondiente al criterio de valoración “Dominio
del contenido del proyecto y resolución de dudas planteadas por el jurado”.
Si aun así persistiera el empate, se resolverá por el voto de calidad del/la Presidente/a del
jurado.
En casos de ausencia o de enfermedad y, en general, cuando concurra alguna causa
justificada, los/as miembros del Jurado serán sustituidos/as por sus suplentes, quienes deberán
ejercer su derecho al voto y formular su voto particular, así como expresar el sentido de su voto
y los motivos que lo justifican, tal como establece el artículo 19.3 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre de Régimen Jurídico del Sector Público.
Cada miembro del jurado emitirá su voto en cada una de las categorías. El resultado final de
los/as ganadores/as se dará a conocer en acto público en una Gala que se celebrará al efecto.
Finalizado el proceso, el Jurado emitirá una propuesta de concesión de los premios, que se
elevará por el órgano instructor en forma de propuesta de Resolución a la Vicepresidencia 1ª
de Territorio, Igualdad y Cultura (P.D. Resolución de 4 de diciembre de 2024. BOP N.º 238 de
11 de diciembre de 2024) de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres.
Base séptima: OBLIGACIONES DE LOS/AS PREMIADOS/AS.
1.- Los/as premiados/as deberán remitir, en el plazo de 5 días hábiles siguientes al día de
entrega de premios, el original del documento Alta de terceros a la Tesorería de la Excma.
Diputación Provincial de Cáceres, Plaza de Santa María, s/n, 10071, de Cáceres, solo en
aquéllos casos en los que la Diputación de Cáceres no lo tenga a su disposición o hubiera
variación de datos con respecto al último Alta de Terceros, que conste en los archivos de la
Diputación.
2.- Serán obligaciones del/a beneficiario/a las establecidas en los artículos 13 y 14 de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y 18 y ss del RD 887/2006, de 21 de
julio, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley General de Subvenciones.
3.- Los/as premiados/as deberán darse de alta en el epígrafe correspondiente del proyecto
presentado en la Agencia tributaria (AEAT) y alta en el RETA, en un plazo máximo de 6 meses
a contar desde la fecha del pago efectivo del premio.
4.- Tendrán la obligación de mantener la actividad objeto del premio un mínimo de un año
contado a partir del inicio de la actividad, siempre que no concurra ninguna circunstancia de
fuerza mayor que pueda acreditarse por los/as ganadores/as.
CVE:
BOP-2025-2510
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 22 de mayo de 2025
N.º 0096
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