Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2025-2510)
BOP-2025-2510 Bases Reguladoras de la Convocatoria de los "PREMIOS PIE PLUS" enmarcados dentro del Programa de Ideas Emprendedoras en el Mundo Rural, XII Edición.
26 páginas totales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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REQUISITOS.
1.- El proyecto deberá implantarse en un municipio de la provincia de Cáceres con menos de
20.000 habitantes. Debe tener la sede social y fiscal en dichos municipios.
2.- Los/as solicitantes no podrán haber iniciado su actividad ni estar dados de alta en RETA
antes de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, debiendo acreditarse
dicha circunstancia mediante la presentación de un Certificado de la Agencia Tributaria de la
situación censal de los promotores. (Se entiende por inicio de actividad económica la fecha de
alta en el censo de hacienda, en el modelo 036 y/o 037).
Las personas físicas que participen en grupo deberán presentar dicho certificado a título
individual.
No podrán participar aquellos proyectos que hayan sido premiados en ediciones anteriores, así
como aquellos cuyo proyecto ha recibido un premio económico en alguna convocatoria pública
de ámbito regional, nacional e internacional.
En el caso de las personas físicas la participación podrá ser a título individual o en grupo. Si la
participación fuera en grupo, se deberá dejar constancia identificativa de todos/as los/as
promotores/as de la idea o proyecto, haciendo constar expresamente en el ANEXO I los
compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, así como el importe
de la subvención a aplicar por cada uno de ellos, debiendo nombrarse un/a representante o
apoderado/a único/a con poderes bastantes para cumplir con las obligaciones que como
beneficiario/a corresponden a la agrupación. La cuantía del premio será abonada a quien
conste, en este último caso, como representante de la agrupación o se dividirá entre el número
de personas físicas que presentan el proyecto emprendedor abonándose el importe
correspondiente a cada uno/a de ellos/as.
Cualquier cambio previo a la fase de otorgamiento de los premios, en el número de personas
de la agrupación que presentó la solicitud inicial, deberá comunicarse al Área de Desarrollo
Sostenible y Turismo de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres, quien, como órgano
gestor, podrá aceptar dicho cambio previo compromiso del resto de solicitantes integrantes del
grupo, de cumplimiento de las obligaciones que se exigen en caso de recibir un premio.
Base Quinta. SOLICITUDES. SISTEMA DE TRAMITACIÓN.
Las solicitudes de participación en la presente convocatoria de premios, dada sus especiales
condiciones de confidencialidad, se presentarán a través de la sede electrónica de la
Diputación Provincial de Cáceres:
CVE:
BOP-2025-2510
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 22 de mayo de 2025
N.º 0096
Pág. 11814
1.- El proyecto deberá implantarse en un municipio de la provincia de Cáceres con menos de
20.000 habitantes. Debe tener la sede social y fiscal en dichos municipios.
2.- Los/as solicitantes no podrán haber iniciado su actividad ni estar dados de alta en RETA
antes de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, debiendo acreditarse
dicha circunstancia mediante la presentación de un Certificado de la Agencia Tributaria de la
situación censal de los promotores. (Se entiende por inicio de actividad económica la fecha de
alta en el censo de hacienda, en el modelo 036 y/o 037).
Las personas físicas que participen en grupo deberán presentar dicho certificado a título
individual.
No podrán participar aquellos proyectos que hayan sido premiados en ediciones anteriores, así
como aquellos cuyo proyecto ha recibido un premio económico en alguna convocatoria pública
de ámbito regional, nacional e internacional.
En el caso de las personas físicas la participación podrá ser a título individual o en grupo. Si la
participación fuera en grupo, se deberá dejar constancia identificativa de todos/as los/as
promotores/as de la idea o proyecto, haciendo constar expresamente en el ANEXO I los
compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, así como el importe
de la subvención a aplicar por cada uno de ellos, debiendo nombrarse un/a representante o
apoderado/a único/a con poderes bastantes para cumplir con las obligaciones que como
beneficiario/a corresponden a la agrupación. La cuantía del premio será abonada a quien
conste, en este último caso, como representante de la agrupación o se dividirá entre el número
de personas físicas que presentan el proyecto emprendedor abonándose el importe
correspondiente a cada uno/a de ellos/as.
Cualquier cambio previo a la fase de otorgamiento de los premios, en el número de personas
de la agrupación que presentó la solicitud inicial, deberá comunicarse al Área de Desarrollo
Sostenible y Turismo de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres, quien, como órgano
gestor, podrá aceptar dicho cambio previo compromiso del resto de solicitantes integrantes del
grupo, de cumplimiento de las obligaciones que se exigen en caso de recibir un premio.
Base Quinta. SOLICITUDES. SISTEMA DE TRAMITACIÓN.
Las solicitudes de participación en la presente convocatoria de premios, dada sus especiales
condiciones de confidencialidad, se presentarán a través de la sede electrónica de la
Diputación Provincial de Cáceres:
CVE:
BOP-2025-2510
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 22 de mayo de 2025
N.º 0096
Pág. 11814