Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alcántara. (BOP-2025-2514)
BOP-2025-2514 Aprobación definitiva Modificación Ordenanza Fiscal Tasa Servicios de baños, duchas, piscinas e instalaciones deportivas.
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- POR UTILIZACIÓN DEL GIMNASIO MUNICIPAL:
Pago de cuota anual del año en curso, de 1 de enero a 31 de diciembre: 50 €.
Pago de cuota mensual que permite el uso del gimnasio durante un mes: 10 €.
Pilates: 6 € mes.
Spining: 6 € mes.
Aquagym: 6 € mes.
Curso de Natación: 10 € mes.
Participación en Liga de padel 20 euros.
Participación en otros torneos deportivos:
Adultos (mayores de 14 años) 5 euros.
Infantiles (hasta 14 años incluidos) 3 euros.
Pádel: 6 € mes.
Bádminton: 6 € mes.
Cualquier actividad deportiva grupal realizada por el/a monitor/a deportivo/a municipal
en instalaciones del Ayuntamiento de Alcántara: 6 € mes.
Artículo 4.- OBLIGACION DE PAGO.
La obligación de pago de la tasa regulada en esta ordenanza nace desde que se preste o
realice cualquiera de los servicios o actividades especificados en el apartado 2 del artículo
anterior.
DISPOSICIÓN FINAL.
La presente Ordenanza entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la
Provincia, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.
Alcántara, 16 de mayo de 2025
Mónica Grados Caro
ALCALDESA - PRESIDENTA
CVE:
BOP-2025-2514
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 22 de mayo de 2025
N.º 0096
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