Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2025-2516)
BOP-2025-2516 Aprobación definitiva Modificación del PGM en parcela TE-6 "Casa Plata".
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Voladizos:
Se fija un vuelo máximo de 1,20m tanto para balcones como para cuerpos volados. Éstos
ocuparán un máximo de 2/3 de la longitud de la fachada y su altura mínima desde la rasante de
la calle será de 3,50m.
Plazas de aparcamiento:
Las edificaciones de nueva planta deberán cumplir, como requisito indispensable para la
obtención de licencia, con la dotación de aparcamiento establecida en las Normas Urbanísticas
del Plan General.
RESIDENCIAL COLECTIVO.
Ámbito, tipología y uso característico:
Pertenecen a esta ordenanza las parcelas grafiadas en el plano anejo a la ficha del API 32-03
con el código “M” o “B”.
La tipología edificatoria responde a edificación aislada o adosada, que no alcanza a constituir
manzana, con la excepción de la manzana M13 (manzana cerrada). Se distinguen dos tipos:
Colectiva M: edificación en bloque abierto alineado a vial. Sus parcelas se grafían con el
código “M”.
Colectiva “B”: edificación en bloque abierto aislado en parcela. Sus parcelas se grafían
con el código “B”.
Su uso característico es el residencial en su categoría 2ª de vivienda colectiva, con la
excepción de las plantas bajas de las manzanas M1 a M9 que den frente a la calle dirección N-
S que hace de eje longitudinal del ámbito, en las que no se podrá implantar el uso de vivienda.
En su lugar se consumirá esa edificabilidad en usos compatibles.
Obras admisibles:
Todas las incluidas en los artículos 1.2.22, 1.2.23 y 1.2.24 del Título I de las Normas
Urbanísticas del Plan General.
Parcela mínima:
La parcela mínima será la de las parcelas existentes a la aprobación del Plan General,
directamente procedentes del proyecto de reparcelación original del ámbito.
CVE:
BOP-2025-2516
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 22 de mayo de 2025
N.º 0096
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