Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alcuéscar. (BOP-2025-3308)
BOP-2025-3308 Aprobación definitiva de modificación de Reglamento.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Artículo 15.- Régimen disciplinario: faltas, sanciones, competencia, prescripción y
procedimiento.
A) Las faltas: Se clasifican en leves, graves y muy graves, estableciéndose su regulación en los
apartados siguientes, así como las sanciones correspondientes a cada una de ellas.
A.1.- Faltas leves:
1.-La incorrección o falta de respeto con sus compañeros/as.
2.-La impuntualidad no justificada en la entrada al centro o en la incorporación a las distintas
tareas y actividades. Será considerado impuntualidad todo retraso superior a cinco minutos.
3.-Abandono del centro momentáneo durante la jornada laboral, sin el permiso
correspondiente.
4.- El Abandono del puesto de trabajo, (aulas y taller, así como lugar donde se realicen las
actividades necesarias en cada proyecto, y en todas sus fases), sin causa justificada.
5.- El bajo rendimiento, bajo aprovechamiento, o desinterés en las actividades, tanto formativas
como de trabajo efectivo, comportamiento apático sin causa justificada, tanto en las actividades
formativas como en el trabajo propio del Taller de Empleo, Escuela Taller y Casa de Oficios,
Proyectos Escala, Programas de Formación y Empleo y similares que se realicen en Alcuéscar.
6.- Cometer algún tipo de desconsideración o falta de respeto con los compañeros o equipo
técnico docente del Proyecto.
7.- La falta de interés o aprovechamiento en el ejercicio de las tareas encomendadas.
8.- Interrupciones que entorpezcan tanto las clases teóricas como el trabajo efectivo.
9.- Presentarse a clase sin los útiles necesarios por descuido inexcusable.
10.- El no usar y/o descuidar el vestuario y material personal del que disponen para el
desarrollo de su trabajo durante la totalidad de la jornada laboral (incluidos los 30 minutos de
descanso).
11.- El descuido en la conservación las instalaciones, mobiliario, herramientas, maquinaria,
equipos, útiles de trabajo, material formativo del centro y materiales del centro, así como su
utilización sin permiso previo. Así como del vestuario y equipos de protección individual
entregados.
CVE:
BOP-2025-3308
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 30 de junio de 2025
N.º 0122
Pág. 15383
procedimiento.
A) Las faltas: Se clasifican en leves, graves y muy graves, estableciéndose su regulación en los
apartados siguientes, así como las sanciones correspondientes a cada una de ellas.
A.1.- Faltas leves:
1.-La incorrección o falta de respeto con sus compañeros/as.
2.-La impuntualidad no justificada en la entrada al centro o en la incorporación a las distintas
tareas y actividades. Será considerado impuntualidad todo retraso superior a cinco minutos.
3.-Abandono del centro momentáneo durante la jornada laboral, sin el permiso
correspondiente.
4.- El Abandono del puesto de trabajo, (aulas y taller, así como lugar donde se realicen las
actividades necesarias en cada proyecto, y en todas sus fases), sin causa justificada.
5.- El bajo rendimiento, bajo aprovechamiento, o desinterés en las actividades, tanto formativas
como de trabajo efectivo, comportamiento apático sin causa justificada, tanto en las actividades
formativas como en el trabajo propio del Taller de Empleo, Escuela Taller y Casa de Oficios,
Proyectos Escala, Programas de Formación y Empleo y similares que se realicen en Alcuéscar.
6.- Cometer algún tipo de desconsideración o falta de respeto con los compañeros o equipo
técnico docente del Proyecto.
7.- La falta de interés o aprovechamiento en el ejercicio de las tareas encomendadas.
8.- Interrupciones que entorpezcan tanto las clases teóricas como el trabajo efectivo.
9.- Presentarse a clase sin los útiles necesarios por descuido inexcusable.
10.- El no usar y/o descuidar el vestuario y material personal del que disponen para el
desarrollo de su trabajo durante la totalidad de la jornada laboral (incluidos los 30 minutos de
descanso).
11.- El descuido en la conservación las instalaciones, mobiliario, herramientas, maquinaria,
equipos, útiles de trabajo, material formativo del centro y materiales del centro, así como su
utilización sin permiso previo. Así como del vestuario y equipos de protección individual
entregados.
CVE:
BOP-2025-3308
Verificable
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Lunes, 30 de junio de 2025
N.º 0122
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