Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de El Gordo. (BOP-2025-3313)
BOP-2025-3313 Pliego de Cláusulas para arrendamiento Dehesa Boyal.
13 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
A Y U N T A M I E N T O
D E
EL GORDO
Expt. 2025/0069
Plaza de la Constitución, 1 10392 El Gordo (Cáceres) Telf: 927 78 07 00 email: ayuntamiento@aytoelgordo.es
presupuesto base de licitación, en concepto de penalidad, que se hará efectivo en primer lugar
contra la garantía provisional, si se hubiera constituido.
En el supuesto señalado en el párrafo anterior, se procederá a recabar la misma documentación
al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
CLÁUSULA DECIMOSEGUNDA. Fianza
A la celebración del contrato, será obligatoria la exigencia y prestación de una fianza equivalente
a una anualidad.
La fianza se depositará:
— En la Caja General de Depósitos o en sus sucursales encuadradas en las Delegaciones de
Economía y Hacienda, o en la Caja o establecimiento público equivalente de las Comunidades
Autónomas o Entidades locales contratantes ante las que deban surtir efecto cuando se trate de
garantías en efectivo.
— Ante el órgano de contratación, cuando se trate de certificados de inmovilización de valores
anotados, de avales o de certificados de seguro de caución.
CLÁUSULA DECIMOTERCERA. Adjudicación del Contrato
Recibida la documentación solicitada, el órgano de contratación deberá adjudicar el contrato
dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.
En ningún caso podrá declararse desierta una licitación cuando exija alguna oferta o proposición
que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego.
La adjudicación deberá ser motivada se notificará a los candidatos o licitadores, debiendo ser
publicada en el perfil de contratante en el plazo de 15 días.
La adjudicación deberá recaer en el plazo máximo de quince días a contar desde el siguiente al
de apertura de las proposiciones.
CLÁUSULA DECIMOCUARTA. Obligaciones del Ayuntamiento Arrendatario
El Ayuntamiento arrendatario estará obligado a:
— El arrendatario estará obligado a utilizar las fincas rústicas, conforme a su propia naturaleza,
para Cultivo de Pastos y Labor.
— Solicitar las licencias y autorizaciones que sean pertinentes para el desarrollo de la actividad
en su caso, sin las que no se podrá ejercer la actividad que se pretende en el caso de que la
autorización sea preceptiva.
— Abonar el precio según la cláusula decimoséptima.
— Suscribir una póliza de seguros que responda de los daños que puedan producirse.
— Orientar la explotación ocasionando los mínimos perjuicios al medio ambiente y a los
habitantes de los Municipios colindantes.
— No superar los límites de la explotación.
Cód.
Validación:
4JAEJGGKMFSH6DXGMZ7LKJNGS
Verificación:
https://elgordo.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
8
de
11
CVE:
BOP-2025-3313
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 30 de junio de 2025
N.º 0122
Pág. 15412
D E
EL GORDO
Expt. 2025/0069
Plaza de la Constitución, 1 10392 El Gordo (Cáceres) Telf: 927 78 07 00 email: ayuntamiento@aytoelgordo.es
presupuesto base de licitación, en concepto de penalidad, que se hará efectivo en primer lugar
contra la garantía provisional, si se hubiera constituido.
En el supuesto señalado en el párrafo anterior, se procederá a recabar la misma documentación
al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
CLÁUSULA DECIMOSEGUNDA. Fianza
A la celebración del contrato, será obligatoria la exigencia y prestación de una fianza equivalente
a una anualidad.
La fianza se depositará:
— En la Caja General de Depósitos o en sus sucursales encuadradas en las Delegaciones de
Economía y Hacienda, o en la Caja o establecimiento público equivalente de las Comunidades
Autónomas o Entidades locales contratantes ante las que deban surtir efecto cuando se trate de
garantías en efectivo.
— Ante el órgano de contratación, cuando se trate de certificados de inmovilización de valores
anotados, de avales o de certificados de seguro de caución.
CLÁUSULA DECIMOTERCERA. Adjudicación del Contrato
Recibida la documentación solicitada, el órgano de contratación deberá adjudicar el contrato
dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.
En ningún caso podrá declararse desierta una licitación cuando exija alguna oferta o proposición
que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego.
La adjudicación deberá ser motivada se notificará a los candidatos o licitadores, debiendo ser
publicada en el perfil de contratante en el plazo de 15 días.
La adjudicación deberá recaer en el plazo máximo de quince días a contar desde el siguiente al
de apertura de las proposiciones.
CLÁUSULA DECIMOCUARTA. Obligaciones del Ayuntamiento Arrendatario
El Ayuntamiento arrendatario estará obligado a:
— El arrendatario estará obligado a utilizar las fincas rústicas, conforme a su propia naturaleza,
para Cultivo de Pastos y Labor.
— Solicitar las licencias y autorizaciones que sean pertinentes para el desarrollo de la actividad
en su caso, sin las que no se podrá ejercer la actividad que se pretende en el caso de que la
autorización sea preceptiva.
— Abonar el precio según la cláusula decimoséptima.
— Suscribir una póliza de seguros que responda de los daños que puedan producirse.
— Orientar la explotación ocasionando los mínimos perjuicios al medio ambiente y a los
habitantes de los Municipios colindantes.
— No superar los límites de la explotación.
Cód.
Validación:
4JAEJGGKMFSH6DXGMZ7LKJNGS
Verificación:
https://elgordo.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
8
de
11
CVE:
BOP-2025-3313
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 30 de junio de 2025
N.º 0122
Pág. 15412