Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alcuéscar. (BOP-2025-3361)
BOP-2025-3361 Convocatoria para la concesión de Premios en materia de III Torneo de Padel Alcuéscar los días 04, 05 y 06 de julio de 2025. Inauguración nueva pista de padel por procedimiento de urgencia.
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El Ayuntamiento, por medio de los procedimientos previstos en esta Ordenanza, podrá
conceder subvenciones en las siguientes áreas
a) Cultura: teatro, imagen, artes plásticas, cultura tradicional, encuentros y otras
actividades.
b) Música: espectáculos de los diversos estilos musicales y, preferentemente, los
programas de formación práctica musical.
c) Deportes.
d) Educación: serán subvencionables los cursos, seminarios y otras actividades
relacionadas con la formación.
e) Juventud: fomento e implantación del asociacionismo.
f) Tercera edad: actividades de fomento e implantación del asociacionismo en el sector.
g) Turismo social: aquellas actividades turísticas con un marcado objeto cultural.
h) Sanidad y consumo: actividades de formación en este sector.
i) Medio ambiente: cursos y actividades de sensibilización con el medio ambiente.
j) Participación ciudadana: con destino a subvencionar a las Entidades ciudadanas y a
las Asociaciones de Vecinos.
En ningún caso serán subvencionables los programas, actividades, o adquisición de material
para los que se hayan convocado Planes a nivel provincial o regional, siempre que estén
abiertos a los peticionarios a que se refiere la base siguiente, salvo que, realizada la oportuna
solicitud en tiempo y forma, su inclusión en ellos haya sido denegada.
Por el Pleno del Ayuntamiento de Alcuéscar en sesión celebrada el día 04 de Noviembre de
2024 procedió a la aprobación del PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES DEL
AYUNTAMIENTO DE ALCUÉSCAR.
En dicho Plan se establece:
El Plan Estratégico de Subvenciones es un instrumento en el que confluyen:
1) La materialización de los principios que regulan la concesión de las subvenciones y su
justificación.
CVE:
BOP-2025-3361
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 2 de julio de 2025
N.º 0124
Pág. 15602
conceder subvenciones en las siguientes áreas
a) Cultura: teatro, imagen, artes plásticas, cultura tradicional, encuentros y otras
actividades.
b) Música: espectáculos de los diversos estilos musicales y, preferentemente, los
programas de formación práctica musical.
c) Deportes.
d) Educación: serán subvencionables los cursos, seminarios y otras actividades
relacionadas con la formación.
e) Juventud: fomento e implantación del asociacionismo.
f) Tercera edad: actividades de fomento e implantación del asociacionismo en el sector.
g) Turismo social: aquellas actividades turísticas con un marcado objeto cultural.
h) Sanidad y consumo: actividades de formación en este sector.
i) Medio ambiente: cursos y actividades de sensibilización con el medio ambiente.
j) Participación ciudadana: con destino a subvencionar a las Entidades ciudadanas y a
las Asociaciones de Vecinos.
En ningún caso serán subvencionables los programas, actividades, o adquisición de material
para los que se hayan convocado Planes a nivel provincial o regional, siempre que estén
abiertos a los peticionarios a que se refiere la base siguiente, salvo que, realizada la oportuna
solicitud en tiempo y forma, su inclusión en ellos haya sido denegada.
Por el Pleno del Ayuntamiento de Alcuéscar en sesión celebrada el día 04 de Noviembre de
2024 procedió a la aprobación del PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES DEL
AYUNTAMIENTO DE ALCUÉSCAR.
En dicho Plan se establece:
El Plan Estratégico de Subvenciones es un instrumento en el que confluyen:
1) La materialización de los principios que regulan la concesión de las subvenciones y su
justificación.
CVE:
BOP-2025-3361
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 2 de julio de 2025
N.º 0124
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