Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alcuéscar. (BOP-2025-3362)
BOP-2025-3362 EXTRACTO. Convocatoria para la concesión de Premios en materia de III Torneo de Padel Alcuéscar los días 04, 05 y 06 de julio de 2025. Inauguración nueva pista de padel por procedimiento de urgencia.
12 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
TERCERA. OBJETO, CONDICIONES Y FINALIDAD DE LA CONCESIÓN DE LA
SUBVENCIÓN.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, por medio de la ORDENANZA GENERAL REGULADORA DE LA
CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DEL AYUNTAMIENTO DE ALCUÉSCAR se establecen las
bases reguladoras de la concesión de subvenciones por este Ayuntamiento, conforme a los
principios de igualdad y no discriminación, transparencia, concurrencia, objetividad, eficacia y
eficiencia, recogidos en dicha ley.
El Excmo. Ayuntamiento de Alcuéscar pretende fomentar, mediante la concesión de
subvenciones y otras ayudas, el desarrollo de programas y actividades de Asociaciones,
Agrupaciones, Entidades y personas, tanto en el ámbito sociocultural y deportivo como en el
cooperativo y asociativo, fomentando estudios, eventos y actividades que contribuyan a la
participación social, al desarrollo de hábitos democráticos, de valores convivenciales, de
solidaridad y justicia social, y a la vez que sean instrumentos de formación, difusión cultural y
participación ciudadana y en base al art. 25.1 de la L.R.B.R.L. que atribuye al municipio la
competencia de promover toda clase de actividades que contribuyan a satisfacer las
necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal.
Esta campaña se enmarca de una política cultural y deportiva que pretende que sean los/as
propios/as vecinos/as, ya sean de forma individual o a través de las asociaciones locales,
quienes diseñen y ejecuten sus proyectos e iniciativas socioculturales y sociodeportivas,
buscando la verdadera democracia cultural y deportiva, que en última instancia persigue que
deben ser los propios ciudadanos quienes tomen en sus manos las riendas de su desarrollo
personal y social.
El Ayuntamiento, por medio de los procedimientos previstos en esta Ordenanza, podrá
conceder subvenciones en las siguientes áreas:
a) Cultura: teatro, imagen, artes plásticas, cultura tradicional, encuentros y otras
actividades.
b) Música: espectáculos de los diversos estilos musicales y, preferentemente, los
programas de formación práctica musical.
c) Deportes.
d) Educación: serán subvencionables los cursos, seminarios y otras actividades
relacionadas con la formación.
CVE:
BOP-2025-3362
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 2 de julio de 2025
N.º 0124
Pág. 15613