Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Guadalupe. (BOP-2025-3404)
BOP-2025-3404 Bases y Convocatoria para la provisión en Comisión de Servicios de 1 Plaza vacante de Agente de la Policía Local.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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1. Pertenecer a cualquiera de los Cuerpos de la Policía Local o ser policía de los
Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Extremadura que no hayan constituido
Cuerpo.
2. Encontrarse en servicio activo, faltándole al menos dos años para el pase a la situación
de segunda actividad por razón de edad.
3. Llevar un mínimo de un año prestando servicios en el último puesto adquirido con
carácter definitivo.
4. Contar con la conformidad de la Alcaldía del Ayuntamiento de procedencia.
5. Carecer de anotaciones por faltas graves o muy graves en su expediente personal, en virtud
de resolución firme, no teniéndose en cuenta a estos efectos las ya canceladas.
6. No encontrarse cumpliendo una sanción disciplinaria impuesta por resolución firme a través
del correspondiente procedimiento, así como no haber sido separado del servicio de cualquiera
de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de la función pública
en virtud de resolución disciplinaria o judicial firmes.
7. Todos estos requisitos deberán reunirse el día de la finalización del plazo de presentación
de solicitudes.
Tercera. Plazo y presentación de solicitudes.
1. El plazo para presentar las solicitudes será de 10 días hábiles, contados a partir del
día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, tablón de anuncios
del ayuntamiento y sede electrónica: https://guadalupe.sedelectronica.es/info.0
2. Las solicitudes deberán presentarse conforme a lo establecido en el artículo 16.4 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
3. Junto a las solicitudes, las personas candidatas, deberán aportar:
a) Fotocopia del DNI.
b) Relación de méritos de conformidad con lo establecido en el apartado sexto de esta
convocatoria.
c) Certificación expedida por el Sr. Secretario o la Sra. Secretaria del Ayuntamiento
de procedencia acreditativa de que el aspirante en cuestión es funcionario del
Cuerpo de la Policía Local del Ayuntamiento respectivo con la categoría de Agente,
así como de que se encuentra en servicio activo, faltándole al menos dos años para
CVE:
BOP-2025-3404
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 3 de julio de 2025
N.º 0125
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Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Extremadura que no hayan constituido
Cuerpo.
2. Encontrarse en servicio activo, faltándole al menos dos años para el pase a la situación
de segunda actividad por razón de edad.
3. Llevar un mínimo de un año prestando servicios en el último puesto adquirido con
carácter definitivo.
4. Contar con la conformidad de la Alcaldía del Ayuntamiento de procedencia.
5. Carecer de anotaciones por faltas graves o muy graves en su expediente personal, en virtud
de resolución firme, no teniéndose en cuenta a estos efectos las ya canceladas.
6. No encontrarse cumpliendo una sanción disciplinaria impuesta por resolución firme a través
del correspondiente procedimiento, así como no haber sido separado del servicio de cualquiera
de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de la función pública
en virtud de resolución disciplinaria o judicial firmes.
7. Todos estos requisitos deberán reunirse el día de la finalización del plazo de presentación
de solicitudes.
Tercera. Plazo y presentación de solicitudes.
1. El plazo para presentar las solicitudes será de 10 días hábiles, contados a partir del
día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, tablón de anuncios
del ayuntamiento y sede electrónica: https://guadalupe.sedelectronica.es/info.0
2. Las solicitudes deberán presentarse conforme a lo establecido en el artículo 16.4 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
3. Junto a las solicitudes, las personas candidatas, deberán aportar:
a) Fotocopia del DNI.
b) Relación de méritos de conformidad con lo establecido en el apartado sexto de esta
convocatoria.
c) Certificación expedida por el Sr. Secretario o la Sra. Secretaria del Ayuntamiento
de procedencia acreditativa de que el aspirante en cuestión es funcionario del
Cuerpo de la Policía Local del Ayuntamiento respectivo con la categoría de Agente,
así como de que se encuentra en servicio activo, faltándole al menos dos años para
CVE:
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Verificable
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