Sección III - Administración del Estado. Delegaciones de Gobierno. Delegación del Gobierno en Extremadura. (BOP-2025-3480)
BOP-2025-3480 Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se otorga a Red Eléctrica de España, S.A.U. autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la ampliación, con tres nuevas posiciones, de la subestación Arañuelo en el parque de 400 kV, en el término municipal de Navalmoral de la Mata, provincia de Cáceres.
7 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
5
MINISTERIO PARA LA
TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
− Calle 8:
o Posición 1: TLY1-1 (ya equipada).
o Posición 2: MOT1-0 (ya equipada).
o Posición 3: MOT1-2 (ya equipada).
SEGUNDO - OTORGAR A RED ELÉCTRICA DE ESPAÑA, S.A.U. AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA DE
CONSTRUCCIÓN para la ampliación, con tres nuevas posiciones, de la subestación Arañuelo en el
parque de 400 kV, en el término municipal de Navalmoral de la Mata, provincia de Cáceres, en las
condiciones especiales contenidas en el anexo de la presente Resolución.
De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 62.2.i) de la Ley
40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, contra la presente Resolución, que
no pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la
Secretaría de Estado de Energía en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación de
la presente resolución.
Transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto el recurso, la resolución será firme a todos los
efectos. Para el cómputo de los plazos por meses habrá de estarse a lo dispuesto en el artículo 30 de
la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.
EL DIRECTOR GENERAL,
Manuel García Hernández
(Firmado digitalmente)
Firmado
el
04/09/2024
09:03:24
:
MANUEL
GARCIA
HERNANDEZ,
Director
General
de
Politica
Energetica
y
Minas
de
Direccion
General
de
Politica
Energetica
y
Minas.
Código: 15641831-33886981H3BCXHY03Q2E Autenticidad verificable en: https://serviciosmin.gob.es/arce
Documento electrónico, página 5 de 6.
CVE:
BOP-2025-3480
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 4 de julio de 2025
N.º 0126
Pág. 15972
MINISTERIO PARA LA
TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
− Calle 8:
o Posición 1: TLY1-1 (ya equipada).
o Posición 2: MOT1-0 (ya equipada).
o Posición 3: MOT1-2 (ya equipada).
SEGUNDO - OTORGAR A RED ELÉCTRICA DE ESPAÑA, S.A.U. AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA DE
CONSTRUCCIÓN para la ampliación, con tres nuevas posiciones, de la subestación Arañuelo en el
parque de 400 kV, en el término municipal de Navalmoral de la Mata, provincia de Cáceres, en las
condiciones especiales contenidas en el anexo de la presente Resolución.
De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 62.2.i) de la Ley
40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, contra la presente Resolución, que
no pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la
Secretaría de Estado de Energía en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación de
la presente resolución.
Transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto el recurso, la resolución será firme a todos los
efectos. Para el cómputo de los plazos por meses habrá de estarse a lo dispuesto en el artículo 30 de
la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.
EL DIRECTOR GENERAL,
Manuel García Hernández
(Firmado digitalmente)
Firmado
el
04/09/2024
09:03:24
:
MANUEL
GARCIA
HERNANDEZ,
Director
General
de
Politica
Energetica
y
Minas
de
Direccion
General
de
Politica
Energetica
y
Minas.
Código: 15641831-33886981H3BCXHY03Q2E Autenticidad verificable en: https://serviciosmin.gob.es/arce
Documento electrónico, página 5 de 6.
CVE:
BOP-2025-3480
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 4 de julio de 2025
N.º 0126
Pág. 15972