Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Aldeacentenera. (BOP-2025-4158)
BOP-2025-4158 Delegación de Funciones de Alcaldía.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Aldeacentenera
ANUNCIO. Delegación de Funciones de Alcaldía.
Mediante Resolución de Alcaldía n.º 2025-0314 de fecha 31 de julio de 2025 se aprueba la
delegación del ejercicio de la atribución de la Alcaldía en la totalidad de sus funciones durante
el periodo del 27 de agosto al 31 de agosto de 2025.
Considerando lo dispuesto 23.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del
Régimen Local en relación con lo dispuesto en el art. que el art. 47.1 y 2 del Real Decreto
2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización,
Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales que establece que:
1. Corresponde a los/as Tenientes de Alcalde/sa, en cuanto tales, sustituir en la totalidad de
sus funciones y por el orden de su nombramiento, al/a Alcalde/sa, en los casos de ausencia,
enfermedad o impedimento que imposibilite a éste para el ejercicio de sus atribuciones, así
como desempeñar las funciones del/a Alcalde/sa en los supuestos de vacante en la Alcaldía
hasta que tome posesión el/a nuevo/a Alcalde/sa.
2. En los casos de ausencia, enfermedad o impedimento, las funciones del/a Alcalde/sa no
podrán ser asumidas por la Teniente de Alcalde sin expresa delegación, que reunirá los
requisitos de los núms. 1 y 2 del art. 44.
Por todo ello, en virtud de lo dispuesto en el Art. 23.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de acuerdo con los Arts. 44 y 47 del
Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales,
aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre,
RESUELVO
PRIMERO. Delegar, ante la imposibilidad de sustitución por la primera Teniente de Alcalde D.ª
M.ª del Carmen Mariscal Lorenzo en el segundo teniente de Alcalde D. Andrés Felipe
Rodríguez, la totalidad de las funciones de la Alcaldía, en los términos del art. 23.3 Ley 7/1985,
de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, durante el periodo de vacaciones
del 27 de agosto al 31 de agosto de 2025, ambos inclusive.
CVE:
BOP-2025-4158
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 11 de agosto de 2025
N.º 0152
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