Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata. (BOP-2025-4198)
BOP-2025-4198 Aprobación definitiva Ordenanza reguladora de Limpieza de Espacios Públicos y Gestión de Residuos.
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Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata
Los últimos años han visto crecer exponencialmente la preocupación de la ciudadanía por las
políticas medioambientales. Dicha preocupación ha motivado que se hayan creado políticas
medioambientales cada vez más ambiciosas. Entre ellas encontramos la Agenda 2030 para el
desarrollo sostenible, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 25 de
septiembre de 2015.
En sintonía con este sentimiento, el artículo 45 de nuestra Constitución proclama el derecho a
disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo personal, así como el deber
general de conservarlo. Este mismo artículo también destaca la obligación de los poderes
públicos, incluido el municipio, de velar por la utilización racional de los recursos naturales,
proteger y mejorar la calidad de vida, y defender y restaurar el medio ambiente.
En cumplimiento de lo expuesto, y de conformidad con el bloque de constitucionalidad en
materia de medio ambiente, se promulgó la Ley 7/2022, de 9 de abril, de Residuos y Suelos
Contaminados para una Economía Circular. Esta ley establece el marco jurídico básico aplicable
en España a los residuos y regula, entre otras medidas, las competencias de las Entidades
Locales en la gestión de residuos. Por otro lado, en su Disposición Final Octava, la ley
contempla la obligación de las Entidades locales de aprobar ordenanzas que se ajusten a dicha
normativa, detallando así lo dispuesto en los artículos 25.2 b) y 26.1 a) de la Ley 7/1985, de 2
de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, que asigna como servicios mínimos a
prestar obligatoriamente por los ayuntamientos la limpieza viaria, así como la recogida y el
tratamiento de los residuos.
La Ley 7/2022 define los residuos domésticos como aquellos peligrosos o no peligrosos
generados en los hogares como consecuencia de las actividades domésticas. Esta categoría
incluye también los residuos generados en los hogares, como aceites de cocina usados,
aparatos eléctricos y electrónicos, textil, pilas, acumuladores, muebles, enseres y colchones, así
como los residuos y escombros provenientes de obras menores de construcción y reparación
domiciliaria. Tendrán la consideración de residuos domésticos los provenientes de la limpieza
de vías públicas, zonas verdes, áreas recreativas y playas, así como los animales domésticos
muertos y los vehículos abandonados.
El artículo 12.5 de la Ley 7/2022 establece que los entes locales son las Administraciones
competentes para prestar, como servicio obligatorio, la recogida, el transporte y el tratamiento
Plaza de España, 1■ Teléfonos: 927 53 01 00– 927 53 01 04– 927 53 08 04 ■ Fax: 927 53 53 60 ■ 10300
NAVALMORAL DE LA MATA ( Cáceres)
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Miércoles, 13 de agosto de 2025
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