Sección II - Administración Autonómica. Junta de Extremadura. Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda. (BOP-2025-4203)
BOP-2025-4203 Mejora de la eficiencia e impulso del ahorro energético del sistema del abastecimiento a Higuera de Albalat.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Sección II - Administración Autonómica
Junta de Extremadura
Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda
ANUNCIO. Mejora de la eficiencia e impulso del ahorro energético del sistema
del abastecimiento a Higuera de Albalat.
Anuncio de 18 de julio de 2025 por el que se cita a los/as interesados/as para el levantamiento
de actas previas a la ocupación en el expediente de expropiación forzosa de terrenos para la
obra: “Mejora de la eficiencia e impulso del ahorro energético del sistema del abastecimiento a
Higuera de Albalat”.
Declarada urgente la ocupación de los bienes afectados por las obras de: “Mejora de la
eficiencia e impulso del ahorro energético del sistema del abastecimiento a Higuera de Albalat”
mediante Decreto 69/2025, de 1 de julio, publicado en el DOE n.º 134, de 14 de julio de 2025,
ha de procederse a la expropiación de terrenos por el procedimiento previsto en el artículo 52
de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954 (en adelante LEF).
En consecuencia, se ha notificado a los titulares de los bienes y derechos afectados para que
comparezcan en el lugar, día y hora que se señala en el Anexo que se acompaña. Asimismo,
se ha ordenado la publicación de la presente citación en el resto de los medios señalados en el
artículo 52.2 de la LEF.
A dicho acto deberán asistir los/as interesados/as personalmente o bien representados por
personas debidamente autorizadas para actuar en su nombre, aportando los documentos
acreditativos de su titularidad (nota simple del Registro de la propiedad, último recibo del IBI,
escrituras de herencia …). Asimismo, pueden asistir acompañados/as, si así les conviene y a
su costa, de sus peritos y un Notario/a.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 de la LEF, podrán formularse, hasta el día
señalado para el levantamiento de las actas previas a la ocupación, las alegaciones que
consideren oportunas, a los efectos de subsanar posibles errores que involuntariamente hayan
podido tener lugar al relacionar los bienes y derechos afectados, mediante correo electrónico a
la dirección,
expropiaciones@juntaex.es
CVE:
BOP-2025-4203
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 13 de agosto de 2025
N.º 0154
Pág. 19298