Sección I - Administración Local. Provincia. Consorcio Medioambiental MásMedio. (BOP-2025-4206)
BOP-2025-4206 Convenio de Encomienda Gestión de Servicios de RSU suscrito con la Mancomunidad de Riberos del Tajo.
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MODELO 4.3 Encomienda gestión RSU – Tarifa
(Mancomunidad)
CONSORCIO MEDIOAMBIENTE Y AGUAS PROVINCIA DE CÁCERES
Edificio Julián Murillo, Ronda San Francisco, 3 – 10002 Cáceres
927 625 293 – info@masmedio.es – www.masmedio.es
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asignado, vinculados ni comprometidos a la ejecución de acciones o proyectos específicos enmarcados
dentro del objeto y alcance del presente convenio.
La suspensión del Convenio no surtirá efecto en tanto que la Entidad Local no preste su
conformidad a la liquidación contable y satisfaga, en su caso, la totalidad de su deuda. En cualquier caso,
entre la denuncia del Convenio y su resolución definitiva deberán transcurrir al menos doce (12) meses.
Tras la finalización o suspensión del presente convenio, el personal incorporado a los nuevos
servicios pasará nuevamente al servicio mancomunado según lo establecido en la legislación vigente en
materia laboral, no recayendo en el Consorcio MásMedio ninguna obligación laboral respecto de los
trabajadores implicados.
En cualquier caso, el Consorcio MásMedio será indemnizado por los daños y perjuicios sufridos
como consecuencia del incumplimiento del presente convenio.
Asimismo, constituirá título suficiente y perjuicio evaluable que el Consorcio MásMedio apruebe
algún expediente de contratación o adjudique algún contrato para la ejecución del presente convenio,
cuando la Mancomunidad suscriptora del mismo o alguno de los municipios y/o entidades locales incluidas
en el ámbito subjetivo de esta encomienda se desvincule de dicho contrato. Sin embargo, si suscrito el
convenio entre el Consorcio MásMedio y la Mancomunidad e iniciada la tramitación del expediente de
contratación o adjudicado el correspondiente contrato, la Mancomunidad suscriptora del convenio o alguno
de los municipios y/o entidades locales incluidas en el ámbito subjetivo de esta encomienda acuerda desistir
o renunciar al mismo, desvinculándose del procedimiento o contrato, este acuerdo se entenderá como grave
incumplimiento del convenio, generándose las compensaciones que correspondan.
DÉCIMOPRIMERA. - Causas de extinción del convenio.
El presente convenio se extingue por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto
o por incurrir en alguna de las siguientes causas de resolución:
a) El transcurso del plazo de vigencia del convenio sin haberse acordado la prórroga del mismo.
b) El acuerdo unánime de todos los firmantes.
c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los
firmantes.
CVE:
BOP-2025-4206
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 14 de agosto de 2025
N.º 0155
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