Sección I - Administración Local. Provincia. Consorcio Medioambiental MásMedio. (BOP-2025-4206)
BOP-2025-4206 Convenio de Encomienda Gestión de Servicios de RSU suscrito con la Mancomunidad de Riberos del Tajo.
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MODELO 4.3 Encomienda gestión RSU – Tarifa
(Mancomunidad)
CONSORCIO MEDIOAMBIENTE Y AGUAS PROVINCIA DE CÁCERES
Edificio Julián Murillo, Ronda San Francisco, 3 – 10002 Cáceres
927 625 293 – info@masmedio.es – www.masmedio.es
Página 4 de 19
adelante LRJSP, los arts. 152 y 154 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, (en adelante TRLHL), los arts.
37 a 40 del Reglamento de Servicios de las Entidades Locales y demás normativa de desarrollo, así como
sus Estatutos cuyo texto consolidado actualmente vigente fue publicado en el BOP 0167 de 29 de agosto
de 2024.
Quinto. La Entidad Local en la sesión de fecha 2 de diciembre de 2024ha adoptado el acuerdo de
encomienda de gestión de la competencia municipal del servicio de Recogida, Tratamiento y Reciclaje de
Residuos Domésticos y asimilados al Consorcio MásMedio.
Esta encomienda de gestión debe formalizarse con la firma del correspondiente convenio.
Y en base a lo anteriormente expuesto, firman el presente convenio, para lo que están facultados
los representantes que lo suscriben conforme a los acuerdos adoptados por la Entidad Local y el Consejo
de Administración del Consorcio MásMedio, con arreglo a las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. – Objeto.
La presente encomienda de gestión tiene por objeto la prestación a la Entidad Local por el
Consorcio MásMedio de los servicios de competencia municipal de Recogida, Tratamiento y Reciclaje de
Residuos Domésticos y asimilados.
A los efectos del presente Convenio de encomienda de gestión, se entiende por Entidad Local la
Mancomunidad de Riberos del Tajo Por tanto, el ámbito subjetivo o territorial de la encomienda de gestión
abarca los siguientes municipios y/o entidades locales menores:
Casas de Millán
Mirabel
Pedroso de Acim
Serradilla
Torrejón el Rubio
SEGUNDA. - Aceptación de la Encomienda de Gestión por las partes.
Esta encomienda conlleva la gestión, que se realiza al amparo de lo establecido en los arts. 8 y 11
de la LRJSP, en relación con los arts. 25.2.1, 26, 57 y 106 de la LRBRL, 15.1.b) y 18.2 de la LGAME, los
CVE:
BOP-2025-4206
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 14 de agosto de 2025
N.º 0155
Pág. 19316
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adelante LRJSP, los arts. 152 y 154 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, (en adelante TRLHL), los arts.
37 a 40 del Reglamento de Servicios de las Entidades Locales y demás normativa de desarrollo, así como
sus Estatutos cuyo texto consolidado actualmente vigente fue publicado en el BOP 0167 de 29 de agosto
de 2024.
Quinto. La Entidad Local en la sesión de fecha 2 de diciembre de 2024ha adoptado el acuerdo de
encomienda de gestión de la competencia municipal del servicio de Recogida, Tratamiento y Reciclaje de
Residuos Domésticos y asimilados al Consorcio MásMedio.
Esta encomienda de gestión debe formalizarse con la firma del correspondiente convenio.
Y en base a lo anteriormente expuesto, firman el presente convenio, para lo que están facultados
los representantes que lo suscriben conforme a los acuerdos adoptados por la Entidad Local y el Consejo
de Administración del Consorcio MásMedio, con arreglo a las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. – Objeto.
La presente encomienda de gestión tiene por objeto la prestación a la Entidad Local por el
Consorcio MásMedio de los servicios de competencia municipal de Recogida, Tratamiento y Reciclaje de
Residuos Domésticos y asimilados.
A los efectos del presente Convenio de encomienda de gestión, se entiende por Entidad Local la
Mancomunidad de Riberos del Tajo Por tanto, el ámbito subjetivo o territorial de la encomienda de gestión
abarca los siguientes municipios y/o entidades locales menores:
Casas de Millán
Mirabel
Pedroso de Acim
Serradilla
Torrejón el Rubio
SEGUNDA. - Aceptación de la Encomienda de Gestión por las partes.
Esta encomienda conlleva la gestión, que se realiza al amparo de lo establecido en los arts. 8 y 11
de la LRJSP, en relación con los arts. 25.2.1, 26, 57 y 106 de la LRBRL, 15.1.b) y 18.2 de la LGAME, los
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