Sección I - Administración Local. Provincia. Consorcio Medioambiental MásMedio. (BOP-2025-4207)
BOP-2025-4207 Convenio de Encomienda Gestión de Servicios de RSU suscrito con la Mancomunidad de Trasierra -Tierras de Granadilla.
22 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
MODELO 4.3 Encomienda gestión RSU – Tarifa
(Mancomunidad)
CONSORCIO MEDIOAMBIENTE Y AGUAS PROVINCIA DE CÁCERES
Edificio Julián Murillo, Ronda San Francisco, 3 – 10002 Cáceres
927 625 293 – info@masmedio.es – www.masmedio.es
Página 5 de 21
SEGUNDA. - Aceptación de la Encomienda de Gestión por las partes.
Esta encomienda conlleva la gestión, que se realiza al amparo de lo establecido en los arts. 8 y 11
de la LRJSP, en relación con los arts. 25.2.1, 26, 57 y 106 de la LRBRL, 15.1.b) y 18.2 de la LGAME, los
arts. 152 y 154 del TRLHL, de carácter supramunicipal por parte del Consorcio MásMedio al encontrarse
con una organización más idónea en el ámbito provincial, conociendo los criterios básicos de la prestación
del servicio y, en consecuencia, observándose más beneficioso para los intereses locales que el referido
servicio se preste a través del mismo.
El Consorcio MásMedio al amparo de lo recogido en los arts. 3.4 y 37 de sus Estatutos, acepta la
mencionada encomienda de gestión, con arreglo a lo previsto en el presente Convenio.
TERCERA. Ejercicio de las facultades y funciones derivadas de las competencias propias.
El Consorcio MásMedio se compromete a una correcta y adecuada prestación del servicio cuya
gestión ha sido encomendada, introduciendo las mejoras materiales y técnicas posibles que redunden en la
calidad de este. A tal fin la Entidad Local le encomienda el ejercicio de las facultades y funciones derivadas
de las competencias que legal y estatutariamente le corresponden en relación con la gestión del servicio
público encomendado, al amparo de lo dispuesto en el artículo 5.2 de la Ley 17/2010, de 22 de diciembre,
de mancomunidades y entidades locales menores de Extremadura.
La Entidad Local otorga y reconoce al Consorcio MásMedio capacidad suficiente para el ejercicio
de las facultades de gestión, así como la de asumir la titularidad del Servicio de Recogida, Transporte y
Gestión de Residuos Domésticos y asimilados, y en especial los residuos; “fracción de tipo orgánico, todo
en uno, envases ligeros, papel/cartón, voluminoso y lavado de contenedores”, reconociéndola como entidad
supramunicipal para administrar la encomienda de gestión del servicio encomendado. Así, la Entidad Local
encuentra una organización más idónea a través de un ente asociativo, por lo que acuerda, por resultar más
beneficiosos para el interés municipal, que la fase de RECOGIDA, TRANSPORTE Y GESTIÓN DE LOS
RESIDUOS DOMÉSTICOS, se preste a través del Consorcio MásMedio.
El Consorcio MásMedio podrá prestar el servicio encomendado mediante la utilización de sus
propios medios técnicos o por cualesquiera de las formas previstas en la legislación vigente, incluidas las
contempladas en la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen
al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y
2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, en adelante LCSP.
CUARTA. – Obligaciones del Consorcio MásMedio.
CVE:
BOP-2025-4207
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 14 de agosto de 2025
N.º 0155
Pág. 19337
(Mancomunidad)
CONSORCIO MEDIOAMBIENTE Y AGUAS PROVINCIA DE CÁCERES
Edificio Julián Murillo, Ronda San Francisco, 3 – 10002 Cáceres
927 625 293 – info@masmedio.es – www.masmedio.es
Página 5 de 21
SEGUNDA. - Aceptación de la Encomienda de Gestión por las partes.
Esta encomienda conlleva la gestión, que se realiza al amparo de lo establecido en los arts. 8 y 11
de la LRJSP, en relación con los arts. 25.2.1, 26, 57 y 106 de la LRBRL, 15.1.b) y 18.2 de la LGAME, los
arts. 152 y 154 del TRLHL, de carácter supramunicipal por parte del Consorcio MásMedio al encontrarse
con una organización más idónea en el ámbito provincial, conociendo los criterios básicos de la prestación
del servicio y, en consecuencia, observándose más beneficioso para los intereses locales que el referido
servicio se preste a través del mismo.
El Consorcio MásMedio al amparo de lo recogido en los arts. 3.4 y 37 de sus Estatutos, acepta la
mencionada encomienda de gestión, con arreglo a lo previsto en el presente Convenio.
TERCERA. Ejercicio de las facultades y funciones derivadas de las competencias propias.
El Consorcio MásMedio se compromete a una correcta y adecuada prestación del servicio cuya
gestión ha sido encomendada, introduciendo las mejoras materiales y técnicas posibles que redunden en la
calidad de este. A tal fin la Entidad Local le encomienda el ejercicio de las facultades y funciones derivadas
de las competencias que legal y estatutariamente le corresponden en relación con la gestión del servicio
público encomendado, al amparo de lo dispuesto en el artículo 5.2 de la Ley 17/2010, de 22 de diciembre,
de mancomunidades y entidades locales menores de Extremadura.
La Entidad Local otorga y reconoce al Consorcio MásMedio capacidad suficiente para el ejercicio
de las facultades de gestión, así como la de asumir la titularidad del Servicio de Recogida, Transporte y
Gestión de Residuos Domésticos y asimilados, y en especial los residuos; “fracción de tipo orgánico, todo
en uno, envases ligeros, papel/cartón, voluminoso y lavado de contenedores”, reconociéndola como entidad
supramunicipal para administrar la encomienda de gestión del servicio encomendado. Así, la Entidad Local
encuentra una organización más idónea a través de un ente asociativo, por lo que acuerda, por resultar más
beneficiosos para el interés municipal, que la fase de RECOGIDA, TRANSPORTE Y GESTIÓN DE LOS
RESIDUOS DOMÉSTICOS, se preste a través del Consorcio MásMedio.
El Consorcio MásMedio podrá prestar el servicio encomendado mediante la utilización de sus
propios medios técnicos o por cualesquiera de las formas previstas en la legislación vigente, incluidas las
contempladas en la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen
al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y
2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, en adelante LCSP.
CUARTA. – Obligaciones del Consorcio MásMedio.
CVE:
BOP-2025-4207
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 14 de agosto de 2025
N.º 0155
Pág. 19337