Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Herguijuela. (BOP-2025-4217)
BOP-2025-4217 Aprobación definitiva Modificación de créditos 7/2025
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Herguijuela
EDICTO. Aprobación definitiva Modificación de créditos 7/2025
En base a acuerdo de Pleno de fecha 14-07-2025 de la Entidad de Herguijuela por el que se
aprueba inicialmente el expediente de modificación de créditos n.º 07/2025 del Presupuesto en
vigor, en la modalidad de suplemento de crédito, financiado mediante bajas en otras
aplicaciones presupuestarias del presupuesto.
No habiéndose presentado en plazo reclamaciones, queda aprobado definitivamente el
expediente de suplemento de crédito, financiado mediante bajas en otras aplicaciones
presupuestarias, lo que se publica a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del
Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto
Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
Altas en Aplicaciones de Gastos
Bajas o Anulaciones en Concepto de Gastos
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura con sede en
PARTIDA
PRESUPUESTARIA
DENOMINACIÓN CUANTÍA CUANTÍA TRAS
MODIFICACIÓN
42500.609.00 Instalación Placas Solares 54.323,28 € 63.909,74€
PARTIDA O CONCEPTO DESCRIPCIÓN CUANTÍA CUANTÍA TRAS MODIFICACIÓN
42500.221.00 Energía eléctrica 30.000,00 € 20.413,54€
CVE:
BOP-2025-4217
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 14 de agosto de 2025
N.º 0155
Pág. 19408
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Herguijuela
EDICTO. Aprobación definitiva Modificación de créditos 7/2025
En base a acuerdo de Pleno de fecha 14-07-2025 de la Entidad de Herguijuela por el que se
aprueba inicialmente el expediente de modificación de créditos n.º 07/2025 del Presupuesto en
vigor, en la modalidad de suplemento de crédito, financiado mediante bajas en otras
aplicaciones presupuestarias del presupuesto.
No habiéndose presentado en plazo reclamaciones, queda aprobado definitivamente el
expediente de suplemento de crédito, financiado mediante bajas en otras aplicaciones
presupuestarias, lo que se publica a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del
Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto
Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
Altas en Aplicaciones de Gastos
Bajas o Anulaciones en Concepto de Gastos
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura con sede en
PARTIDA
PRESUPUESTARIA
DENOMINACIÓN CUANTÍA CUANTÍA TRAS
MODIFICACIÓN
42500.609.00 Instalación Placas Solares 54.323,28 € 63.909,74€
PARTIDA O CONCEPTO DESCRIPCIÓN CUANTÍA CUANTÍA TRAS MODIFICACIÓN
42500.221.00 Energía eléctrica 30.000,00 € 20.413,54€
CVE:
BOP-2025-4217
Verificable
en:
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