Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Miajadas. (BOP-2025-4235)
BOP-2025-4235 Convocatoria de proceso selectivo para la cobertura dos plazas de Agente de Policía Local, por oposición libre.
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Firmado por: ANTONIO DIAZ ALIAS - Alcalde Presidente Fecha: 13-08-2025 11:22:06
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BASES PARA LA PROVISIÓN, COMO PERSONAL FUNCIONARIO DE CARRERA,
DE DOS PLAZAS DE AGENTE DE LA POLICÍA LOCAL, VACANTES EN LA
PLANTILLA DE PERSONAL FUNCIONARIO DEL AYUNTAMIENTO DE MIAJADAS
(CÁCERES).
Primera. Objeto de la convocatoria.
1.1. Objeto de la convocatoria.
El objeto de la presente convocatoria es la provisión en propiedad, por el sistema de
oposición libre, de plazas vacantes en la categoría de Agente del Cuerpo de Policía
Local, pertenecientes a: escala administración especial, subescala servicios especiales,
clase Policía Local, grupo C, subgrupo C1, prevista/s en el artículo 76 del Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público. Dichas plazas, estarán dotadas con el sueldo,
trienios, pagas extraordinarias y demás retribuciones que correspondan, con arreglo a
la legislación vigente del Excmo. Ayuntamiento de Miajadas (Cáceres).
En lo no previsto en las presentes bases, serán de aplicación al procedimiento selectivo:
el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP); la Ley 7/85, de
2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; la Ley 30/84, de 2 de agosto, de
Medidas para la Reforma de la Función Pública; el Real Decreto Legislativo 781/86, de
13 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones vigentes en
materia de Régimen Local; el Real Decreto 896/91, de 7 de junio, por el que se
establecen las normas básicas y los programas mínimos a que deben ajustarse el
procedimiento de selección del personal funcionario de la Administración Local; el
Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General
de Ingreso del personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de
Extremadura; la Ley 7/2017, de 1 de agosto, de Coordinación de Policías Locales de
Extremadura, y el Decreto 64/2022, de 8 de junio, por el que se regulan los sistemas de
selección, la provisión de puestos y la movilidad de las Policías Locales de Extremadura,
así como el Tribunal Único, y el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se
aprueba el Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración
General del Estado y demás normas concordantes de aplicación.
1.2. Características de las plazas.
A las personas que finalmente resulten titulares de las plazas convocadas, les
corresponderán las funciones establecidas en el artículo 53 de la Ley Orgánica 2/1986,
de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, y en el artículo 23 de la Ley
7/2017, de 1 de agosto, de Coordinación de Policías Locales de Extremadura.
1.3. Régimen de incompatibilidades y deberes.
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CVE:
BOP-2025-4235
Verificable
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Lunes, 18 de agosto de 2025
N.º 0156
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