Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Sierra de Fuentes. (BOP-2025-4278)
BOP-2025-4278 Delegación de funciones en la Primera Teniente de Alcalde.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Sierra de Fuentes
ANUNCIO. Delegación de funciones en la Primera Teniente de Alcalde.
Por Resolución de Alcaldía (Decreto n.º 2025-0413), de fecha 19 de agosto de 2025, se aprobó
la Resolución cuya parte dispositiva se transcribe literalmente:
Visto que corresponde a los/as Tenientes de Alcalde/sa, en cuanto tales, sustituir en la
totalidad de sus funciones y por el orden de su nombramiento, al/a Alcalde/sa, en los casos de
ausencia, enfermedad o impedimento que imposibilite a éste para el ejercicio de sus
atribuciones, así como desempeñar las funciones del/a Alcalde/sa en los supuestos de vacante
en la Alcaldía hasta que tome posesión el/a nuevo/a Alcalde/sa.
Por todo ello, en virtud de lo dispuesto en los artículos 23.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de acuerdo con los artículos 44 y 47 del
Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales,
aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre,
RESUELVO
PRIMERO. Delegar la totalidad de las funciones de Alcaldía en Doña Virginia Pavón Manso,
Primera Teniente de Alcalde, en los términos del artículo 23.3 Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local, desde las 00.00 horas del día 20 de agosto de
2025 hasta las 00.00 horas del día 15 de septiembre por impedimento.
SEGUNDO. La delegación comprende las facultades de dirección y de gestión, así como la de
resolver los procedimientos administrativos oportunos mediante la adopción de actos
administrativos que afecten a terceros.
TERCERO. El órgano delegado ha de informar a esta Alcaldía, a posteriori, y, en todo caso,
cuando se le requiera para ello, de la gestión realizada y de las disposiciones dictadas en el
período de referencia, y con carácter previo de aquellas decisiones de trascendencia, tal y
como se prevé en al artículo 115 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen
Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.
CVE:
BOP-2025-4278
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 21 de agosto de 2025
N.º 0159
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