Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia. (BOE-A-2025-9068)
Orden PJC/447/2025, de 30 de abril, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo para el Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 111
Jueves 8 de mayo de 2025
a)
Sec. II.B. Pág. 60845
Fase primera. Méritos generales (máximo 60 puntos).
1. Antigüedad en el Cuerpo de Letradas y Letrados y conocimiento de la lengua
oficial y/o derecho propio de las comunidades autónomas: máximo de 35 puntos.
1.1
Antigüedad: máximo 31 puntos.
Se valorará de la siguiente forma:
Categoría Puntos por año de servicio
Primera.
3
Segunda.
2
Tercera.
1
Los periodos inferiores al año se computarán conforme al siguiente cuadro,
estableciéndose los meses de treinta días:
Categoría Puntos por día de servicio
Primera.
0,0083
Segunda.
0,0055
Tercera.
0,0027
1.2 Lengua oficial propia y derecho propio de las comunidades autónomas:
máximo 4 puntos.
a) Lengua oficial propia: máximo 3 puntos.
En su caso, el conocimiento oral y escrito de la lengua oficial propia de la comunidad
autónoma, supondrá un reconocimiento de uno, dos o tres puntos, según el nivel de
conocimiento, con arreglo a la normativa en vigor en la comunidad autónoma, acreditado
mediante la oportuna certificación.
b) Derecho propio: 1 punto.
En su caso, el conocimiento del derecho propio de la comunidad autónoma,
debidamente acreditado, por medio de certificación oficial, se valorará con un punto,
considerándose como nivel académico mínimo exigible el de 12 créditos.
2.
Cursos de formación y perfeccionamiento: máximo de 18 puntos.
Sólo se valorará por la asistencia o impartición de cursos de formación y
perfeccionamiento, que hayan sido organizados, impartidos o expedidos por centros
oficiales de formación u homologados por los mismos y en los que se especifique el
número de horas lectivas y/o créditos impartidos.
2.1 Actividades docentes impartidas en disciplinas jurídicas, en materia de
implantación y gestión de sistemas de gestión de calidad y/o de técnicas de gestión o
dirección de grupos de trabajo: máximo 14 puntos:
Se otorgará 0,066 puntos por cada hora de impartición de actividades docentes.
Los cursos de Transformación Digital y Ciberseguridad se incrementará la puntuación
indicada anteriormente en un 50 %.
cve: BOE-A-2025-9068
Verificable en https://www.boe.es
Se valorará de la siguiente forma:
Núm. 111
Jueves 8 de mayo de 2025
a)
Sec. II.B. Pág. 60845
Fase primera. Méritos generales (máximo 60 puntos).
1. Antigüedad en el Cuerpo de Letradas y Letrados y conocimiento de la lengua
oficial y/o derecho propio de las comunidades autónomas: máximo de 35 puntos.
1.1
Antigüedad: máximo 31 puntos.
Se valorará de la siguiente forma:
Categoría Puntos por año de servicio
Primera.
3
Segunda.
2
Tercera.
1
Los periodos inferiores al año se computarán conforme al siguiente cuadro,
estableciéndose los meses de treinta días:
Categoría Puntos por día de servicio
Primera.
0,0083
Segunda.
0,0055
Tercera.
0,0027
1.2 Lengua oficial propia y derecho propio de las comunidades autónomas:
máximo 4 puntos.
a) Lengua oficial propia: máximo 3 puntos.
En su caso, el conocimiento oral y escrito de la lengua oficial propia de la comunidad
autónoma, supondrá un reconocimiento de uno, dos o tres puntos, según el nivel de
conocimiento, con arreglo a la normativa en vigor en la comunidad autónoma, acreditado
mediante la oportuna certificación.
b) Derecho propio: 1 punto.
En su caso, el conocimiento del derecho propio de la comunidad autónoma,
debidamente acreditado, por medio de certificación oficial, se valorará con un punto,
considerándose como nivel académico mínimo exigible el de 12 créditos.
2.
Cursos de formación y perfeccionamiento: máximo de 18 puntos.
Sólo se valorará por la asistencia o impartición de cursos de formación y
perfeccionamiento, que hayan sido organizados, impartidos o expedidos por centros
oficiales de formación u homologados por los mismos y en los que se especifique el
número de horas lectivas y/o créditos impartidos.
2.1 Actividades docentes impartidas en disciplinas jurídicas, en materia de
implantación y gestión de sistemas de gestión de calidad y/o de técnicas de gestión o
dirección de grupos de trabajo: máximo 14 puntos:
Se otorgará 0,066 puntos por cada hora de impartición de actividades docentes.
Los cursos de Transformación Digital y Ciberseguridad se incrementará la puntuación
indicada anteriormente en un 50 %.
cve: BOE-A-2025-9068
Verificable en https://www.boe.es
Se valorará de la siguiente forma: