Ministerio Del Interior. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado. (BOE-A-2025-9114)
Resolución de 7 de mayo de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica la relación de aspirantes que han superado las fases de concurso y oposición del proceso selectivo para acceso, por promoción interna, en el Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Tráfico, convocado por Resolución de 16 de diciembre de 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 112

Viernes 9 de mayo de 2025

Sec. II.B. Pág. 61019

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos

MINISTERIO DEL INTERIOR
9114

Resolución de 7 de mayo de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica
la relación de aspirantes que han superado las fases de concurso y oposición
del proceso selectivo para acceso, por promoción interna, en el Cuerpo
General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de
Tráfico, convocado por Resolución de 16 de diciembre de 2024.

Finalizadas las fases de oposición y concurso de las pruebas selectivas para acceso,
por el sistema de promoción interna, al Cuerpo General Administrativo de la
Administración del Estado, especialidad de Tráfico, convocadas mediante Resolución
de 16 de diciembre de 2024, de la Subsecretaria (BOE de 28 de diciembre) y vista la
propuesta formulada por el Tribunal Calificador de dichas pruebas selectivas,
Esta Subsecretaría acuerda:
Primero.
Hacer pública como anexo I de esta resolución, la relación definitiva de los
aspirantes, que han superado las fases de oposición y concurso, por orden de
puntuación obtenida, en función de la suma de las puntuaciones alcanzadas en ambas
fases, de conformidad con lo dispuesto en el apartado decimonoveno de la Orden
HFP/688/2017, de 20 de julio, por la que se establecen las bases comunes que regirán
los procesos selectivos para el ingreso o el acceso en cuerpos o escalas de la
Administración General del Estado, así como el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30
de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público.
Segundo.
Las personas aspirantes que figuran en el anexo I no tendrán que aportar
documentación, al haber sido comprobada por la Administración de acuerdo con la
información que consta en el sistema de verificación de datos de identidad y registros
nacionales de titulaciones académicas de la Administración General del Estado. No
obstante, si en cualquier momento anterior al nombramiento como personal funcionario
de carrera se tuviera conocimiento de que algún aspirante no cumple cualquiera de los
requisitos exigidos en la convocatoria, previa audiencia de la persona interesada, se
procederá a su exclusión.

Si dentro del plazo fijado y salvo casos de fuerza mayor debidamente acreditados,
algún aspirante no presentara la documentación, o del examen de la misma se dedujera
que carece de alguno de los requisitos señalados en el apartado décimo de la Orden
HFP/688/2017, de 20 de julio, no podrá ser nombrado funcionario y quedarán anuladas
sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad que hubiese incurrido por falsedad
en la solicitud inicial.

cve: BOE-A-2025-9114
Verificable en https://www.boe.es

Tercero.