Ministerio de Defensa. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos y escalas de las Fuerzas Armadas. (BOE-A-2025-9297)
Resolución 452/38205/2025, de 8 de mayo, de la Subsecretaría, por la que se convocan procesos de selección para ingreso en los centros docentes militares de formación, mediante la forma de ingreso directo, con y sin exigencia de titulación universitaria previa, para la incorporación como militar de carrera o adscripción como militar de complemento a las escalas de oficiales de los Cuerpos Generales, del Cuerpo de Infantería de Marina y del Cuerpo de la Guardia Civil.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 13 de mayo de 2025
Sec. II.B. Pág. 62009
Decimotercera. Presentación en el centro docente militar de formación y nombramiento
de alumnos y alumnas.
Las personas propuestas para ingresar como alumnos y alumnas efectuarán su
presentación, el día 18 de agosto de 2025, antes de las 10:00 horas, en los lugares que
a continuación se relacionan:
– Ejército de Tierra y Guardia Civil: Academia General Militar (Carretera de Huesca
s/n, Zaragoza).
– Armada: Escuela Naval Militar (Plaza de España s/n, Marín-Pontevedra).
– Ejército del Aire y del Espacio: Academia General del Aire (C/ Coronel López Peña
s/n, San Javier-Murcia).
Si alguna de las personas propuestas no efectuara su presentación en la fecha
indicada, sin justificar debidamente la causa de su ausencia, se entenderá que renuncia
a la plaza asignada.
Para efectuar su presentación en el centro docente militar de formación, el personal
de procedencia militar será pasaportado por su UCO de destino o dependencia, siendo
de aplicación la indemnización por traslado del artículo 23.1 del Real Decreto 462/2002,
de 24 de mayo. Datos Administrativos:
– Ejército de Tierra. Unidad autorizadora: DIPE (ETM 321000). Código de Actividad:
Indemnización por traslado.
– Armada. Código de Operación PZZ055. N.º CIS cargo cupo ALPER 850.003/25.
– Ejército del Aire y del Espacio. Se tramitarán según corresponda desde sus UCO
de origen.
Al producirse la presentación en el correspondiente centro docente militar de
formación de las personas a las que se les ha asignado plaza por el procedimiento
descrito en la base anterior, se extinguirán respecto a ellas todos los derechos derivados
del proceso de selección. Así mismo, aquellas que previamente no tuvieran la condición
militar firmarán un documento de incorporación a las Fuerzas Armadas. Posteriormente
serán nombrados alumnos y alumnas por el Director del centro docente militar de
formación correspondiente, quedando matriculados como alumnos y alumnas en la
universidad de adscripción.
Los nombrados alumnos y alumnas que previamente tuvieran un empleo militar,
cesarán en su destino de origen en la fecha de ingreso, siendo destinados con carácter
forzoso al centro docente militar de formación correspondiente, conservando los
derechos administrativos inherentes al empleo militar que tuvieran. Al ingresar en dichos
centros permanecerán o pasarán a la situación de servicio activo, excepto para aquellas
personas que fueran miembros de la Guardia Civil, que pasarán a la situación de
excedencia por acceso directo como alumnos o alumnas de los centros docentes de
formación de la Guardia Civil o de las Fuerzas Armadas. Al integrarse o adscribirse en
una nueva escala causarán baja en la de origen, con la consiguiente pérdida del empleo
que tuvieran en la escala anterior, pero manteniendo los derechos derivados del tiempo
de servicios que tuvieran cumplido.
Los Directores de Enseñanza publicarán en el Boletín Oficial del Ministerio de
Defensa la lista de los nombrados alumnos y alumnas.
Una vez que la persona interesada ingrese en las Fuerzas Armadas, los datos de
carácter personal facilitados se incorporarán al fichero Registro de Información del
Personal del MINISDEF (SIPERDEF), responsabilidad de la Dirección General de
Personal, cuya finalidad es el registro de las vicisitudes de la vida laboral del personal del
Ministerio de Defensa, el control, gestión y seguimiento de costes de recursos humanos,
la gestión y control de salidas de información, la elaboración de estadísticas, y la gestión
del Plan de Pensiones de la AGE en el ámbito del departamento. Asimismo, los datos
necesarios para la correcta confección de la nómina, serán incorporados al Fichero de
Gestión de Nómina del Personal del Ministerio de Defensa, (MONPER), responsabilidad
cve: BOE-A-2025-9297
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 115
Martes 13 de mayo de 2025
Sec. II.B. Pág. 62009
Decimotercera. Presentación en el centro docente militar de formación y nombramiento
de alumnos y alumnas.
Las personas propuestas para ingresar como alumnos y alumnas efectuarán su
presentación, el día 18 de agosto de 2025, antes de las 10:00 horas, en los lugares que
a continuación se relacionan:
– Ejército de Tierra y Guardia Civil: Academia General Militar (Carretera de Huesca
s/n, Zaragoza).
– Armada: Escuela Naval Militar (Plaza de España s/n, Marín-Pontevedra).
– Ejército del Aire y del Espacio: Academia General del Aire (C/ Coronel López Peña
s/n, San Javier-Murcia).
Si alguna de las personas propuestas no efectuara su presentación en la fecha
indicada, sin justificar debidamente la causa de su ausencia, se entenderá que renuncia
a la plaza asignada.
Para efectuar su presentación en el centro docente militar de formación, el personal
de procedencia militar será pasaportado por su UCO de destino o dependencia, siendo
de aplicación la indemnización por traslado del artículo 23.1 del Real Decreto 462/2002,
de 24 de mayo. Datos Administrativos:
– Ejército de Tierra. Unidad autorizadora: DIPE (ETM 321000). Código de Actividad:
Indemnización por traslado.
– Armada. Código de Operación PZZ055. N.º CIS cargo cupo ALPER 850.003/25.
– Ejército del Aire y del Espacio. Se tramitarán según corresponda desde sus UCO
de origen.
Al producirse la presentación en el correspondiente centro docente militar de
formación de las personas a las que se les ha asignado plaza por el procedimiento
descrito en la base anterior, se extinguirán respecto a ellas todos los derechos derivados
del proceso de selección. Así mismo, aquellas que previamente no tuvieran la condición
militar firmarán un documento de incorporación a las Fuerzas Armadas. Posteriormente
serán nombrados alumnos y alumnas por el Director del centro docente militar de
formación correspondiente, quedando matriculados como alumnos y alumnas en la
universidad de adscripción.
Los nombrados alumnos y alumnas que previamente tuvieran un empleo militar,
cesarán en su destino de origen en la fecha de ingreso, siendo destinados con carácter
forzoso al centro docente militar de formación correspondiente, conservando los
derechos administrativos inherentes al empleo militar que tuvieran. Al ingresar en dichos
centros permanecerán o pasarán a la situación de servicio activo, excepto para aquellas
personas que fueran miembros de la Guardia Civil, que pasarán a la situación de
excedencia por acceso directo como alumnos o alumnas de los centros docentes de
formación de la Guardia Civil o de las Fuerzas Armadas. Al integrarse o adscribirse en
una nueva escala causarán baja en la de origen, con la consiguiente pérdida del empleo
que tuvieran en la escala anterior, pero manteniendo los derechos derivados del tiempo
de servicios que tuvieran cumplido.
Los Directores de Enseñanza publicarán en el Boletín Oficial del Ministerio de
Defensa la lista de los nombrados alumnos y alumnas.
Una vez que la persona interesada ingrese en las Fuerzas Armadas, los datos de
carácter personal facilitados se incorporarán al fichero Registro de Información del
Personal del MINISDEF (SIPERDEF), responsabilidad de la Dirección General de
Personal, cuya finalidad es el registro de las vicisitudes de la vida laboral del personal del
Ministerio de Defensa, el control, gestión y seguimiento de costes de recursos humanos,
la gestión y control de salidas de información, la elaboración de estadísticas, y la gestión
del Plan de Pensiones de la AGE en el ámbito del departamento. Asimismo, los datos
necesarios para la correcta confección de la nómina, serán incorporados al Fichero de
Gestión de Nómina del Personal del Ministerio de Defensa, (MONPER), responsabilidad
cve: BOE-A-2025-9297
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 115