Ministerio de Defensa. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos y escalas de las Fuerzas Armadas. (BOE-A-2025-9298)
Resolución 452/38206/2025, de 8 de mayo, de la Subsecretaría, por la que se convocan procesos de selección para ingreso en los centros docentes militares de formación, mediante las formas de ingreso directo y promoción, para la integración como militar de carrera en los cuerpos comunes de las Fuerzas Armadas.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 115
Martes 13 de mayo de 2025
Sec. II.B. Pág. 62060
responsabilidad de la persona aspirante presentar el certificado para su convalidación en
procesos de selección sucesivos.
2.3.1
Pruebas físicas.
Las personas aspirantes deberán finalizar y superar las pruebas físicas que figuran
en el apéndice 7.
El Presidente del Órgano de Selección hará pública la convocatoria para la
realización de las pruebas físicas. En ella se indicará la tanda asignada a cada aspirante,
así como el lugar, la fecha y hora del inicio de la misma, debiendo aportar el modelo de
certificado médico oficial señalado en la base común cuarta, punto 1.7.
En las formas de ingreso por promoción, los militares profesionales podrán acreditar la
aptitud física mediante la presentación del correspondiente certificado de haber superado
las pruebas físicas periódicas establecidas por la OM 54/2014, de 11 de noviembre (BOD
número 226, de 19 de noviembre). Dicha acreditación se efectuará sólo para aquellas
pruebas que por sus características sean idénticas a las requeridas en este proceso,
siempre que estén en vigor de acuerdo a las instrucciones particulares de cada ejército y
con una marca igual o mejor a las marcas mínimas establecidas en esta convocatoria. El
certificado deberá presentarse antes del comienzo de la primera prueba física.
Sin perjuicio de lo estipulado en la base común decimoquinta respecto a la
protección de la maternidad, si en alguna persona aspirante concurriese alguna
circunstancia debidamente justificada, enfermedad banal o lesión fortuita, que le
impidiese realizar las pruebas físicas en la fecha prevista, podrá solicitar del Presidente
del Órgano de Selección, antes de su inicio, su inclusión en alguna de las tandas de
incidencias que sea necesario programar. El Órgano de Selección podrá decidir, previa
deliberación, estimar lo solicitado incluyéndola en la tanda de incidencias para realizar
las pruebas físicas en la fecha que determine.
Si durante la realización de las pruebas físicas, una vez que la persona aspirante
haya comenzado la ejecución de la primera, no terminará o no superará alguna de ellas,
se considerará eliminada del proceso de selección.
El orden de realización de las pruebas será establecido por la Junta de Educación
Física y permitirá la recuperación de la prueba anterior y el calentamiento necesario para
la realización de la siguiente.
La calificación que puede obtenerse en las pruebas físicas será de «apto» o «no
apto». Las personas aspirantes calificadas como «no apto» serán eliminadas del proceso
de selección.
El requisito específico del apartado 1.2.1 de la base común segunda se deberá
verificar durante el desarrollo de las pruebas físicas. Si se detectara la existencia de
algún caso en el que no se cumple el requisito, se pondrá en conocimiento del
Presidente del Órgano de Selección a fin de que el personal afectado sea excluido del
proceso de selección.
Pruebas Psicológicas.
Estas pruebas explorarán las características de personalidad de las personas
aspirantes para detectar indicadores de posibles trastornos que pudieran comprometer
su rendimiento en los CDMF, o su futuro desempeño profesional. Los resultados
obtenidos serán tomados en consideración en el posterior reconocimiento médico. A tal
efecto, las personas participantes deberán atender cualquier requerimiento por parte de
los órganos de selección respecto a la realización de pruebas psicológicas
complementarias para la determinación de su aptitud. La convocatoria de dichas pruebas
se publicará de manera específica a través de la página web:
https://reclutamiento.defensa.gob.es/proceso-de-selección-oficiales-y-suboficiales
cve: BOE-A-2025-9298
Verificable en https://www.boe.es
2.3.2
Núm. 115
Martes 13 de mayo de 2025
Sec. II.B. Pág. 62060
responsabilidad de la persona aspirante presentar el certificado para su convalidación en
procesos de selección sucesivos.
2.3.1
Pruebas físicas.
Las personas aspirantes deberán finalizar y superar las pruebas físicas que figuran
en el apéndice 7.
El Presidente del Órgano de Selección hará pública la convocatoria para la
realización de las pruebas físicas. En ella se indicará la tanda asignada a cada aspirante,
así como el lugar, la fecha y hora del inicio de la misma, debiendo aportar el modelo de
certificado médico oficial señalado en la base común cuarta, punto 1.7.
En las formas de ingreso por promoción, los militares profesionales podrán acreditar la
aptitud física mediante la presentación del correspondiente certificado de haber superado
las pruebas físicas periódicas establecidas por la OM 54/2014, de 11 de noviembre (BOD
número 226, de 19 de noviembre). Dicha acreditación se efectuará sólo para aquellas
pruebas que por sus características sean idénticas a las requeridas en este proceso,
siempre que estén en vigor de acuerdo a las instrucciones particulares de cada ejército y
con una marca igual o mejor a las marcas mínimas establecidas en esta convocatoria. El
certificado deberá presentarse antes del comienzo de la primera prueba física.
Sin perjuicio de lo estipulado en la base común decimoquinta respecto a la
protección de la maternidad, si en alguna persona aspirante concurriese alguna
circunstancia debidamente justificada, enfermedad banal o lesión fortuita, que le
impidiese realizar las pruebas físicas en la fecha prevista, podrá solicitar del Presidente
del Órgano de Selección, antes de su inicio, su inclusión en alguna de las tandas de
incidencias que sea necesario programar. El Órgano de Selección podrá decidir, previa
deliberación, estimar lo solicitado incluyéndola en la tanda de incidencias para realizar
las pruebas físicas en la fecha que determine.
Si durante la realización de las pruebas físicas, una vez que la persona aspirante
haya comenzado la ejecución de la primera, no terminará o no superará alguna de ellas,
se considerará eliminada del proceso de selección.
El orden de realización de las pruebas será establecido por la Junta de Educación
Física y permitirá la recuperación de la prueba anterior y el calentamiento necesario para
la realización de la siguiente.
La calificación que puede obtenerse en las pruebas físicas será de «apto» o «no
apto». Las personas aspirantes calificadas como «no apto» serán eliminadas del proceso
de selección.
El requisito específico del apartado 1.2.1 de la base común segunda se deberá
verificar durante el desarrollo de las pruebas físicas. Si se detectara la existencia de
algún caso en el que no se cumple el requisito, se pondrá en conocimiento del
Presidente del Órgano de Selección a fin de que el personal afectado sea excluido del
proceso de selección.
Pruebas Psicológicas.
Estas pruebas explorarán las características de personalidad de las personas
aspirantes para detectar indicadores de posibles trastornos que pudieran comprometer
su rendimiento en los CDMF, o su futuro desempeño profesional. Los resultados
obtenidos serán tomados en consideración en el posterior reconocimiento médico. A tal
efecto, las personas participantes deberán atender cualquier requerimiento por parte de
los órganos de selección respecto a la realización de pruebas psicológicas
complementarias para la determinación de su aptitud. La convocatoria de dichas pruebas
se publicará de manera específica a través de la página web:
https://reclutamiento.defensa.gob.es/proceso-de-selección-oficiales-y-suboficiales
cve: BOE-A-2025-9298
Verificable en https://www.boe.es
2.3.2